- La persona trabajadora tiene que estar estudiando dentro del sistema de formación profesional para el empleo (Certificados de profesionalidad) o del sistema educativo (Ciclo formativo de grado medio o superior)
- El trabajo en la empresa debe estar relacionado con esos estudios
- El trabajo debe ser retribuido (no una beca)
- No poder firmar un contrato en prácticas, porque sino se firmaría este, es decir no tener terminados unos estudios que les permitan entrar en practicas en una empresa
- Tener entre 16 y 25 años, se permitirá hasta 30 años y con un límite temporal que es hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15%
- Sin límite de edad para personas con discapacidad, o que pertenezcan a colectivos de exclusión social en empresas de inserción
Un mínimo de un año y un máximo de 3 años. El mínimo según algún Convenio Colectivo puede ser de 6 meses.¿Cuánto puede cobrar?Nunca por debajo del Salario Mínimo Interprofesional en proporción a las horas que trabaje.
¿Qué gana la empresa con estos contratos?Pues tiene una serie de incentivos:
- Una reducción en sus cuotas empresariales a la Seguridad Social del 100% si tiene menos de 250 trabajadores o una reducción del 75% si tiene más.
- Una financiación de la formación, se le bonifica las cuotas empresariales por el número de horas igual a los porcentajes de la jornada laboral , esto es porque el contrato de formación no se puede celebrar a jornada parcial y hay horas en las que realmente el trabajador no está trabajando sino formándose)
- primer año: 25%, segundo año: 15%, tercer año: 15%
- Otra bonificación más por la tutoría que la empresa hace de estos trabajadores con un máximo de 1.5 euros por alumno y hora de tutoría, con el límite de 40 horas por mes y alumno.
- Si finalmente este contrato se transforma en indefinido, una reducción de las cuotas empresariales a la Seguridad Social de 1500 euros o 1800 si son mujeres durante 3 años
- Cualificación profesional
- El trabajador una vez finalizado este contrato podrá solicitar la prestación por desempleo
- Tendrá protección social, derecho a bajas, protección del FOGASA etc
- Se le reduce un 100% su aportación a la SS, por lo que no se le retendrá en la nómina nada por este concepto
- No puede realizar Horas extraordinarias (excepto las de fuerza mayor que son por ejemplo para prevenir incendios...)
- Una vez finalizado el plazo máximo de 3 años no podrá ser contratado de nuevo con ese contrato de formación en ninguna empresa
Para descargar el modelo de contrato formativo AQUÍ
Aquí os dejo información sobre el curso de nóminas online, la matrícula está abierta durante todo el año, clic en la imagen