Revista Psicología
Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad
Por BlogsmtenerifeLa Convención de Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad entró en vigor el 3 de mayo de 2008. Es, desde ese día, norma directamente aplicable y exigible en España. El propósito de la Convención es promover, proteger y asegurar los Derechos de todas las personas con discapacidad y su pleno goce en condiciones de igualdad al resto de la sociedad.
Datos estadísticosSegún datos de la Organización Mundial de la Salud, en el mundo viven más de 650 millones de personas con alguna discapacidad, es decir, el 10% de la población mundial. A menudo se les niega o limitan oportunidades de trabajo, escolarización y plena participación en la Sociedad, lo cual constituye un obstáculo a su prosperidad y bienestar. En España, la población con discpacidad alcanza ya el 9%, aproximadamente: 4 millones de españoles (Resultados de la Encuesta de Discapacidad, Autonomía Personal y Situaciones de Dependencia, EDAD 2008).
La ConvenciónEl 13 de diciembre de 2006 se aprobó en la sede de Naciones Unidas, la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Es la respuesta de la Comunidad Internacional ante la discriminación, exclusión y deshumanización sufridas históricamente por las personas con discapacidad. España fue uno de los primeros países en ratificar la Convención y su Protocolo Facultativo en el año 2007 (Instrumentos de Ratificación, que se depositaron en Naciones Unidas el 3 de diciembre de 2007 (Día Internacional de la Discapacidad) y se publicaron en el Boletín Oficial del Estado en abril de 2008).Es un importante logro por distintos motivos: • Es la primera Convención de Naciones Unidas sobre Derechos Humanos del siglo XXI• Es el tratado de Derechos Humanos que se negoció con mayor rapidez. • Es la primera que se dedica en exclusiva a la discapacidad. • Gran parte del texto de la Convención se debe a aportaciones del movimiento asociativo de la discapacidad.
Cambio de ParadigmaAntes la discapacidad era tratada desde un modelo médico-rehabilitador. Era considerada un “problema” del individuo, que debía someterse a tratamiento rehabilitador para superar su deficiencia y adaptarse a la sociedad. La Convención representa un cambio al modelo social de derechos humanos. Según este, las causas de la discapacidad son principalmente sociales. Es en la Sociedad en la que suelen encontrarse las principales trabas a las personas con discapacidad y, por ello, debe ser la propia Sociedad la que facilite la participación y plena integración de las personas con discapacidad en un plano de igualdad al resto de la ciudadanía. El tratamiento de la discapacidad no deber hacerse desde la beneficiencia o la caridad. En vez de considerar la discapacidad como un problema médico, de dependencia o de caridad, la Convención obliga a que sea entendida en todo el mundo como una cuestión de Derechos Humanos. La Convención recoge un concepto de discapacidad abierto y en constante evolución incluyendo la discapacidad física, psíquica y sensorial.
¿Qué es la Discapacidad?Según la Convención, la discapacidad es un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. Las personas con discapacidad incluyen a aquellas que tengan discapacidades físicas, psíquicas, sensoriales, ya de carácter temporal ya de carácter permanente, que, impiden o dificultan su plena inclusión y participación en la sociedad, en igualdad de condiciones y oportunidades que el resto de los ciudadanos.
Principios Generales de la Convencióna) El respeto de la dignidad inherente, de la autonomía individual, incluida la libertad de tomar las propias decisiones, y de la independencia de todas las personas. b) La no discriminación por motivos de discapacidad. Se entiende por discriminación cualquier distinción, exclusión o restricción que tenga el propósito o el efecto de obstaculizar o dejar sin efecto el reconocimiento, goce o ejercicio, en igualdad de condiciones, de todos los Derechos Humanos y Libertades Fundamentales. c) La participación e inclusión plenas y efectivas en la sociedad. d) El respeto por la diferencia y la aceptación de las personas con discapacidad como parte de la diversidad y la condición humanas. e) La igualdad de oportunidades. f) La accesibilidad. g) La igualdad entre el hombre y la mujer. h) El respeto a la evolución de las facultades de los niñas y las niñas con discapacidad y de su derecho a preservar su identidad.
¿Qué Derechos reconoce? Algunos de los derechos reconocidos por la Convención, son:- Derechos de igualdad: Derechos de igualdad y no discriminación; reconocimiento de capacidad jurídica en igualdad de condiciones que los demás; accesibilidad plena; igualdad en el acceso a la Justicia;- Derechos de protección: Derecho a la vida; protección contra la explotación, la violencia y el abuso,- Derechos de libertad y autonomía personal: Derecho a la libertad y seguridad de la persona; libertad para elegir residencia; derecho a vivir de forma independiente y a ser incluido en la comunidad; - Derechos sociales: Derecho a una educación inclusiva a lo largo de la vida; a gozar del más alto nivel posible de salud; a trabajar, en igualdad de condiciones con las demás personas; a un nivel de vida adecuado para ellas y sus familias, lo cual incluye alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a la mejora continua de sus condiciones de vida; - Derechos relativos a la integración social y política;
Todo ciudadano de los Estado partes, que hayan ratificado el Protocolo de la Convención, que aleguen sufrir vulneración de sus derechos y que hayan agotado los recursos jurídicos de sus países respectivos podrán solicitar reparación ante un órgano internacional independiente.
Lucha por la Igualdad y contra la DiscriminaciónLos Estados partes prohibirán toda discriminación por motivos de discapacidad. La no discriminación es uno de los Principios Generales de la Convención y que los Estados promuevan la lucha contra ella, uno de los principales objetivos. La discriminación puede ser tanto el propósito de discriminación (incluso sin producir el efecto) como el efecto de la discriminación (incluso sin existir el propósito).
Toma de ConcienciaLa Convención pretende que la Sociedad, en general, y que todos los estamentos públicos, especialmente, tomen mayor conciencia de las personas con discapacidad y que fomenten el respeto de sus derechos y de su dignidad. Quiere luchar contra los estereotipos, los prejuicios y las prácticas nocivas respecto de las personas con discapacidad. Se trata de considerar a las personas con discapacidad como parte de la enorme riqueza de la diversidad humana y lograr, con ello, su plena inclusión, participación e integración en la Sociedad.
“Debemos fijarnos en la PERSONA y no en la DISCAPACIDAD”
Fuente: texto de la Fundación Aequitas.
Texto y vídeo colgados por Esther Sanz (Psicóloga Clínica Área Externa de Salud Mental Tenerife).