La Audiencia Nacional ha expuesto sus dudas al Tribunal de Justicia de la Unión Europea. El caso planteado trata del denominado derecho al olvido en Internet. Su protagonista, Mario Costeja González, planteó una reclamación solicitando que su nombre, relacionado con una información sobre una subasta judicial, fuese eliminado de Google puesto que el embargo estaba ya solucionado. El debate pone sobre la mesa el concepto de privacidad on line y la petición/posibilidad del ciudadano de poder eliminar ciertos datos que circulan por la red relacionados con su persona.
La confidencialidad de todos nuestros gustos, nuestros pasatiempos, nuestras preocupaciones o nuestras perversiones queda registrada en la web a través de algoritmos que procesan la información a la que hemos accedido desde nuestro ordenador. Todo queda en Google. El historial de cualquiera a golpe de clic, incluso información negativa del pasado que puede afectar seriamente nuestro presente. ¿Ha de permanecer mi nombre relacionado con un hecho delictivo que cometí en el pasado y que perjudica notablemente mi reinserción social?, ¿tengo que soportar aparecer vinculado a una noticia falsa o ser insultado por un blogero en su espacio personal? Preguntas como ésta introducen una variada y compleja casuística en torno al derecho al olvido (right to be forgotten), a la necesidad de muchos de poder suprimir los datos ligados a su persona de los buscadores o redes sociales. Podemos decir que se trata de la protección de datos personales (a través de su cancelación) en el ámbito cibernético.
Su mayor campo de batalla es lógicamente la protección que nuestra jurisprudencia constitucional otorga a la libertad de información, un derecho que (junto a la libertad de expresión) prevalece sobre el derecho al olvido y la consecuente protección de datos personales.
Vivimos en un Estado de Derecho apegado a una poderosa sociedad de la información en la que cualquiera puede publicar sus historias y comentar informaciones relevantes. El anonimato es el disfraz bajo el que muchos cometen sus tropelías y abusos, atentando contra la privacidad de personas ajenas. El derecho a la intimidad y el derecho a la información cara a cara en uno de los debates más polémicos que se tendrán que solucionar en los juzgados.
Las novedades legislativas están al caer. Es necesario reforzar el derecho de cancelación de datos de los usuarios de las nuevas tecnologías. Pero sin olvidar el ciudadano que el pasado siempre vuelve, que la memoria digital se muestra reacia a ser borrada, que somos los únicos responsables de unas fotografías comprometedoras que en su día colgamos por la red o que hay ciertos videos que quizá sea mejor no publicar nunca. Por si acaso el derecho al olvido se retrasa y sigue recordando.
LOS COMENTARIOS (1)
publicado el 03 noviembre a las 13:25
Deseo que esta ley "costeja" sienta precedente ya que internet se esta convietiendo en una ciudad sin Ley para los derechos de proteccion de la intimidad. Santiago