Revista Cultura y Ocio

Derechos morales y patrimoniales de un autor

Publicado el 05 marzo 2013 por Librosintinta


Cómo en el mundo que nos movemos los lectores digitales, quiero traerles unas definiciones para entender mejor nuestro mundo y así poder analizar críticamente lo que pasa. Derechos de autor, derechos morales sobre una obra, plagio.

Derechos morales y patrimoniales de un autor.


Plagio:
 Plagio es copiar una obra, en este caso literaria; es decir, reproducir otra ajena ya creada, sin la autorización de su autor y, además, darla como propia, haciendo creer al público que quien plagia es el verdadero autor. Forma parte de los derechos de autor que protegen el bien que surge de su trabajo y creación personal y original, lo que implica derechos morales (la “paternidad” de la obra) y económicos (su derecho de explotación). Fuente:http://noticias.juridicas.com/articulos/55-Derecho%20Penal/201010-666912587452.html

Derechos de autor: 
Es la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias o artísticas desde el momento de su creación y por un tiempo determinado. Cuando muere, se extiende a 80 años para que las regalías queden a mano de sus herederos. Derechos Morales:  Desde el momento mismo de la creación de la obra, se le reconocen a los autores dos clases de prerrogativas: los derechos morales y los derechos patrimoniales.
Los derechos morales son derechos personalísimos, a través de los cuales se busca salvaguardar el vínculo que se genera entre el autor y su obra, en tanto ésta constituye la expresión de su personalidad. En tal carácter, los derechos morales son inalienables, inembargables, intransferibles e irrenunciables.
En virtud de los derechos morales, el autor puede:
-Conservar la obra inédita o divulgarla;
-Reinvindicar la paternidad de la obra en cualquier momento;
-Oponerse a toda deformación, mutilación o modificación que atente contra el mérito de la obra o la reputación del autor;
-Modificar la obra, antes o después de su publicación;
-Retirar la obra del mercado, o suspender cualquier forma de utilización aunque ella hubiese sido previamente autorizada.

Derechos Patrimoniales: Son prerrogativas de naturaleza económico - patrimonial, con carácter exclusivo, que permiten a su titular controlar los distintos actos de explotación de que la obra puede ser objeto. Lo anterior implica que todo acto de explotación de la obra, amparado por un derecho patrimonial, deberá contar con la previa y expresa autorización del titular del derecho correspondiente, quien podrá señalar para tal efecto las condiciones onerosas o gratuitas que tenga a bien definir, en ejercicio de su autonomía privada.
En virtud de los derechos patrimoniales, el autor o la persona natural o jurídica a quien se le transfieran estos derechos, puede realizar, autorizar o prohibir:
La reproducción,
La comunicación pública,
La distribución pública de ejemplares;
La traducción, adaptación, arreglo u otra transformación de la obra;
La importación de ejemplares de su obra reproducidos sin su autorización.
fuente: http://www.derechodeautor.gov.co/web/guest/preguntas-frecuentes#6
Síntesis: Tu si escribes la obra, eres su autor, con su derecho moral de por vida, pero si vendes o prestas los derechos para reproducir, realizar películas, ect, ya no eres el dueño de los derechos patrimoniales, de decir cómo quieres que se venda o no. Pero siempre podrás decidir por el futuro de tu obra, ya que eres su creador absoluto,  y siempre ante el mundo se reconocerá que eres su autor.
Ejemplo: J.K Rowling es la creadora de la saga Harry Potter, ella es la dueña de los derechos morales de por vida, incluso miles de años después de que muera. Pero ella vendió los derechos de los libros a otras empresas, personas, editoriales, así que por un tiempo estipulado, ella no tiene los derechos patrimoniales(los que generan el dinero). Así Warner pudo realizar las películas por tener los derechos pero su autora tiene la última palabra acerca de los guiones para sentir que no destrozan el libro en la adaptación.
Espero que les haya quedado claro. Att: Alex River

 


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