Revista Toros

Dos devoluciones reglamentarias en la Malagueta

Por Malagatoro

Dos devoluciones reglamentarias en la Malagueta

Ayer, la presidenta del festejo, Ana María Romero, devolvió  el cuarto ejemplar de La Quinta correspondiente al lote del matador Curro Díaz. La mayoría de los medios informativos han calificado dicha devolución como antirreglamentaria y, sin embargo, no lo fue. Veamos. 

Dos devoluciones reglamentarias en la Malagueta
Queda bien claro en el vigente Reglamento Taurino de Andalucía, en su artículo 62.6, que: “La mansedumbre de la res no será, en ningún caso, motivo suficiente para acordar su devolución a los corrales”. Pero también se contemplan otras circunstancias que son motivo para la devolución. Así, el artículo 62.3 establece que: “Si el espada de turno denunciase que la res que le corresponde ha sido toreada, la Presidencia del espectáculo podrá disponer la retirada de la misma y su sustitución por otra, siempre que así lo soliciten, unánimemente, todos los espadas y rejoneadores actuantes”.

Y quedan dos motivos más para poder ordenar la devolución de una res. Uno de ellos constituye la causa más frecuente, y viene reflejado en el artículo 62.1: “El Presidente o Presidenta del espectáculo podrá� ordenar la devolución de las reses que salgan al ruedo, y su sustitución por un sobrero, si resultasen ser manifiestamente inútiles para la lidia, por padecer defectos ostensibles o adoptar conductas que impidieren el normal desarrollo de ésta. Si se hubieran agotado los sobreros reglamentarios, se correrá� turno y si fuese la última res del festejo, se dará� el espectáculo por finalizado”.

Dos devoluciones reglamentarias en la Malagueta
Analicemos ahora lo acontecido en el ruedo de la Malagueta en la tarde ayer. El cuarto toro de La Quinta salió andado por chiqueros, sin arrancarse y sin atender a los cites. Muy parado, desparramando la vista y reservón, sin atender a las llamadas con el capote desde el tercio. Actitud evidente de manso, que el “docto” público comenzó a protestar. No se apreciaba  cojera, ni defecto físico externo ostensible que justificara la devolución. ¿Era su conducta impedimento para el desarrollo de la lidia? Estimo que tampoco, pues cuando acudió al caballo del picador, que con corrección y decisión fue a buscarlo a los medios, se arrancó de manso y salió huido de éste y de otros encuentros con los del castoreño. Luego, tenía movilidad, pero en típica condición de manso de libro dando arreones. Tampoco pudimos apreciar conducta sospechosa de estar reparado de la vista ni toreado. Además, entre los profesionales no se vieron gestos que apuntaran hacia alguna de esas posibilidades.

Dos devoluciones reglamentarias en la Malagueta
Lo que si resultó evidente fue la actitud, censurable y sancionable, de inhibición en la lidia del matador y de su cuadrilla. A ello hay que añadir que el banderillero Montoliú, por fin acude al burel, de forma medrosa y en actitud reprobable e indigna de un profesional, haciendo gestos y elevando miradas hacia el palco, lo que contribuyó a encrespar a los espectadores que acrecentaron sus sonoras protestas, por lo que la presidenta optó por sacar el pañuelo verde.

Al finalizar la corrida, Agustín Hervás contactó con Ana María Romero y, como recoge en su blog, ella le comentó que había devuelto el toro porque el torero y su cuadrilla se habían negado a ponerse delante del toro, y así consta en el acta final del festejo. Consideró que se podía haber originado un altercado de orden publico si hubiese insistido en que el toro se quedara en el ruedo. En este sentido, recuerdo que entre las funciones que tiene la presidencia está la de “adoptar cuantas medidas sean necesarias para el debido y pacífico desarrollo del espectáculo”. La presidencia consideró que había que tomar una decisión excepcional y sensata, y decidió que devolver el toro era lo mejor para el espectáculo. Asimismo, en el acta referida se ha hecho constar la correspondiente propuesta de sanción, que deberá resolver la autoridad en materia taurina que, para infracciones calificadas como leves o graves, compete al Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, y en el caso de muy graves a la Dirección General responsable de asuntos taurinos de la Junta de Andalucía. Mucho me temo que se dará carpetazo a este asunto, en lugar de actuar apoyando a la presidenta. Espero equivocarme en este caso.

En conclusión, a la vista de la información disponible aportada por la propia presidenta, y desde un punto de vista normativo, la devolución fue totalmente reglamentaria. Pero es que hay más. Este reglamento andaluz, que en muchos de sus artículos más parece un reglamento antitaurino, permite el que pueda devolverse un toro por manso, al amparo de lo establecido en el articulo 62.1, en lo referente a que la res pueda “adoptar conductas” que impidieren el normal desarrollo de la lidia. De hecho, ya ocurrió en Jaén en 2006, “acontecimiento” nefasto, que supone un ataque  a la Fiesta y que fue objeto de varios artículos de Carlos Crivell, del que recomiendo para su lectura el titulado “El toro manso de Jaén” publicado en su blog “Sevillatoro”.

Dos devoluciones reglamentarias en la Malagueta
También fue correcta la decisión de devolver al sobrero de Torrealta que salió en lugar del toro devuelto de la Quinta, ya que  tras salir del encuentro con el caballo, en un lance de capote clavó un cuerno en el albero y se lo fracturó. En estos casos también lo permite el Reglamento, pues en su artículo 62.2, hace referencia a otra de las causas para ordenar la devolución: “Cuando una res se inutilizara durante su lidia de forma natural pero ostensible y grave antes del segundo tercio, el Presidente o Presidenta del espectáculo podrá ordenar la devolución de la misma a los corrales. Si lo fuera posteriormente, no será sustituida y se procederá a apuntillarla”. Aparte de que sea reglamentario, no es de recibo el mantener a un animal en el ruedo en estas condiciones, aunque pudiera haber dudas en el palco de que ese suceso no fuese natural sino provocado, lo cual como testigo del mismo me parece muy poco probable. En este caso, lo que censuré desde el tendido al palco, fue la tardanza, en ordenar la devolución de la res, prolongando la lastimosa imagen de un toro de lidia con un cuerno partido.

Así pues, ambas devoluciones fueron totalmente reglamentarias. Otra cosa es que no guste el vigente Reglamento andaluz y que esté pidiendo a gritos una profunda modificación. Aunque lo deseable es volver a una reglamentación única en todo el ámbito nacional, dejándonos de tanto “taifismo normativo” que a poco bueno ha conducido, sino más bien a la confusión y a la permisividad.


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