La Directiva 2012/27/UE aprobada por el Parlamento Europeo el 25 de octubre de 2012 relativa a la eficiencia energética, por la que se modifican las Directivas 2009/125/CE y 2010/30/UE, y por la que se derogan las Directivas 2004/8/CE y 2006/32/CE. Establece que todo nuevo edificio deberá ser de consumo energético prácticamente inexistente a partir del 31 de diciembre de 2020.
¿Los países miembros de la Unión Europea, están haciendo su trabajo?
Si ya era prioritario el ahorro de energía para la Unión Europea, pasa a serlo aún más debido al conflicto con Rusia, el mayor suministrador de recursos naturales. La crisis actual no ayuda a poder llevar a cabo el Plan de Acción de eficiencia energética bajo la directiva europea que entró en vigor en 2011, con objetivo de reducir el consumo de energía en un 20% en 2020.
La directiva europea de eficiencia energética dicta que desde ahora y hasta el año 2020, en lo referente a edificios de nueva construcción y la rehabilitación de edificios existentes, se debe realizar con un consumo energético prácticamente inexistente. El cual en España, de los más de veinticinco millones de viviendas construidas, lo fueron sin criterio alguno de eficiencia energética.
Hace poco más de un mes, a España y otros veintitrés países miembros de la Unión Europea, se les ha abierto procedimiento de infracción por no haber notificado en el plazo señalado las medidas de regulación sobre el cumplimiento de la directiva de eficiencia energética. La comisión Europea ha advertido a estos países que disponen de dos meses para responder, iniciando así el procedimiento de infracción comunitario. Los países que incumplan deberán responder con posibles sanciones administrativas.