Aunque el acto fue único, se originaron varias actuaciones solapadas en el tiempo (del 11 al 20 de julio de 1.818) que, para mayor comprensión, estructuramos en cuatro fases: notificación y actos de posesión, padrón de habitantes, deslinde con pueblos vecinos, amojonamiento y deslinde con Tamajón.
El juez real, a su llegada a Retiendas el 11 de julio (a las 9,30 h), ordenó al regidor que convocara a los vecinos a las 11,30 h para notificarles el privilegio de exención y de villazgo. Y habilitó el día siguiente, domingo, como día útil para no acumular retrasos.
En la fecha y hora fijadas se reunieron en la sala de audiencia de Retiendas los vecinos (se relacionan 45) y habitantes del lugar de ambos sexos y todas las edades. El juez ordenó al escribano que leyera el decreto de villazgo y exención de jurisdicción.
Oído y entendido, los vecinos dijeron…”que lo obedecían con el respeto y veneración debida, dando las gracias a SM por la merced recibida”. Y pidieron al juez que lo ejecutase “y se eligiesen por los vecinos los cargos de la villa”: 2 alcaldes, 2 regidores, procurador general, síndico, alcaldes de la Santa Hermandad, fiel de fechos y alguacil. Así se hizo, siendo elegido Diego del Olmo como primer alcalde.
Lar-ami
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