Revista Salud y Bienestar

El aviso de la Seguridad Social a las personas que aun no han recibido respuesta del Ingreso Mínimo Vital

Por Pedirayudas @Pedirayudas
¿Va a aplicar la Seguridad Social el silencio administrativo, al ingreso mínimo vital? Ingreso mínimo vital: nuevos beneficiarios, requisitos y solicitud

Desde que se puso en marcha el Ingreso Mínimo Vital (IMV) el plazo de resolucion se ha modificado para evitar que muchas solicitudes caigan en el temido silencio administrativo. Esta prestación se inicio con un plazo de resolucion de 3 meses, que se amplio a 6 ante la avalancha de solicitudes que recibió el INSS en los primeros meses de vida de esta ayuda.

Ya que desde el mismo BOE que publico el Estado en relación a esta ayuda se determino que cuando se produce el silencio administrativo, se considera desestimada esta ayuda. Ayuda que el gobierno planteo de urgencia y que debido a la crisis sanitaria y al cierre de oficinas, entre otros factores, las solicitudes no se resuelven como deberían.

Por lo que en vista de la previsión, muchas solicitudes quedarían desestimadas por silencio administrativo. Pero, desde la propia seguridad social y el gobierno aseguran que ninguna solicitud quedara sin respuesta. Por lo que a través de sus canales oficiales de comunicación indican que no es necesario solicitarla de nuevo debido a que el silencio administrativo no se va a aplicar.

Ya ha vencido el plazo de mi solicitud ¿Ahora que puedo hacer?

Ante esta situación la propia Seguridad Social se ha pronunciado a través de su cuenta de Twitter @incluinfo, indicando que si no estamos conformes y consideramos que esta desestimada por silencio administrativo que podemos reclamar.

#Duda Hace mucho que solicité el #IMV ¿puedo reclamar o presentar otra solicitud?
👉La#SeguridadSocial se ha comprometido a resolver todos los expedientes, pero pasados 6 meses desde la solicitud, el ciudadano tiene derecho a presentar una reclamación: https://t.co/dEVMJI4Z0L

- Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) May 26, 2021

En primer lugar deberemos tener en cuenta que una vez pasados los 6 meses estipulados, si no recibimos respuesta de ningún tipo, pese a lo que ha expuesto el INSS. Solo dispondremos de 30 días para realizar una reclamación previa. Que es el paso anterior y necesario si queremos acceder a la vía judicial posteriormente, en caso de que la administración no nos de ninguna respuesta.

Es importante considerar antes de realizar nuestra reclamación que, en el momento que la administración responda a nuestra solicitud y en caso de estar denegada o que esta exponga algún error. Que el plazo de reclamación pese a que hayan expirado los 6 meses se mantendrá en 30 días. Por lo que, aun habiendo superado esta fecha limite, dispondremos del derecho a reclamar en el plazo habitual que hemos explicado anteriormente.

Para iniciar el proceso de reclamación debemos estar seguros de que ha vencido el plazo de nuestra solicitud. El plazo es de 6 meses naturales, una vez registrada la solicitud.

Posteriormente, solicitaremos cita previa a la Seguridad Social para realizar nuestra reclamación de forma presencial, ya que es la mas recomendable. Si no obtenemos cita previa, podremos realizar este tramite Online, aqui te explicamos como realizarlo.

Tras la presentación de la reclamación, la Administración tiene un plazo de 45 días hábiles para resolverla y notificar su decisión al interesado. Pasado este plazo sin haber obtenido respuesta, se entenderá que la Administración se ha amparado en el silencio administrativo y no habrá solución posible fuera de la vía judicial.

Pese a la posibilidad de que nuestra reclamación caiga en un bucle administrativo. Este proceso es necesario antes de ir a la vía judicial, si así lo consideramos.

Información adicional

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