Revista Cultura y Ocio

El cantar se va a pagar

Por Cinefagos

 

Ante la duda….

Esto me ha llegado esta mañana al mail (aunque hace mucho que lleva circulando por la red) y como aqui muchas veces tratamos sobre lo que nuestra querida “Sociedad General de Autores y Editores”  hace o deja de hacer (el colmo de los colmos es lo de las peluquerias o lo que esta ocurriendo en los Centros de Día de los jubilados), creo que es bueno que os sepais algunas leyes antes de “saltároslas a la torera”, o lo que es mejor, que si vais a delinquir, lo hagais de la forma correcta según las leyes que rigen España, ya que la Justicia que tenemos, piensa más en el dinero que deben llevarse algunos vagos que en los pobres trabajadores que curran por menos de 1.000 € al mes (eso pensando en los que curran claro, que hay 4 millones de personas en el paro).

Aquí van determinados supuestos sobre personas que transgredirían la Ley de 2 formas diferentes, y los castigos que obtendrían por ello.

1. SUPUESTO

a) PEPE se descarga una canción de Internet.
b) PEPE
decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
ACLARACIÓN:
La descarga de la canción sería un delito con pena de 6 meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni siquiera sería un delito, sino una simple falta (art. 623.1 del Código Penal).

2. SUPUESTO

a) CARMEN se descarga una canción de Internet.
b) CARMEN
va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
ACLARACIÓN:
Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena que la descarga (art. 234 del Código Penal).

3. SUPUESTO

a) JOAQUÍN , en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una “canción” de Malena Gracia.
b) JOAQUIN
en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.
ACLARACIÓN:
Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo tiene menos pena, a tenor del articulo 244.1 del Código Penal.

4. SUPUESTO

a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho
personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o instrumentos quepueden poner en peligro sus vidas o su integridad física.
ACLARACIÓN:
Es menos grave participar en una pelea que participar en el intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal)y el intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.

5. SUPUESTO

a) JUAN copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) JUAN
,aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa sexualmente a su secretaria Susana.
ACLARACIÓN:
El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.

6. SUPUESTO

a) MÓNICA Y CRISTINAvan a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar copias de películas educativas de dibujos animados protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) MÓNICA Y CRISTINA
van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la pareja.
ACLARACIÓN:
La acción menos grave es la de distribuir material pornográfico a menores según el articulo 186 del Código Penal. La distribución de copias de material con copyright sería un delito al existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

7. SUPUESTO

a) NACHO, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de Andy y Lucas, diciéndole que es el ‘Kill’em All’ de Metallica.
b) NACHO
, que es un hijo de puta, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
ACLARACIÓN:
La segunda “broma” sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal

8. SUPUESTO

a) ANTONIO fotocopia una página de un libro.
b) ANTONIO
le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película ‘La Jungla 4.0′.
ACLARACIÓN:
La acción más grave desde un punto de vista penal sería la ‘a’, puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con pena de 6 meses a dos años de prisión y multa. Los puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían tan solo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en relación con el 147 del Código Penal.

Ya sabeis: pegad, violad, acosad, robad…………pero ni se os ocurra usad el “emule ese”

Si, si, así anda nuestro querido país en el que es mas importante no bajarse una película o un cd de música que vale de 10 a 30 € a robar ese mismo dinero en cualquier sitio dejando al pobre currito que trabaja de 10 a 10 para obtener un sueldo digno y poder vivir . Adoro la justicia que nos rige, las penas por saltarse la ley, y lo ricos y famosos que se están volviendo algunos proclamando a los cuatro vientos sus derechos de llevarse un porcentaje de cada peli, canción, documental que se emita ya sea por radios o televisiones o que se vendan en cualquier centro comercial. Cualquier día de estos, llegará otro listillo y pondran un canón por respirar el aire en la calle, y el Gobierno le dará la razón y  ale, a hacer nuevas leyes por aquellos que no paguen por el aire que respiran para vivir, y sino pagas……………..

 

Ante la duda….

Karelia


Volver a la Portada de Logo Paperblog