Revista Arquitectura

El libro del edificio y su papel en las ayudas de mejora energética

Por Luissantalla

Se va a cumplir próximamente un año desde que se ha publicado en España el Real Decreto 853/2021, de 5 de octubre, por el que se regulan los programas de ayuda en materia de rehabilitación residencial y vivienda social del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. A través de este documento se han organizado distintas ayudas a diferentes escalas para la mejora energética de viviendas, edificios e incluso barrios.

Uno de los requisitos a la hora de solicitar las ayudas es que el edificio cuente con su propio libro, esto es, el libro del edificio o lo que viene siendo más habitual una memoria potencial, la cual está compuesta por dos partes, una primera en la que se incluye la Inspección Técnica del Edificio o el Informe de Evaluación del Edificio, que por ejemplo en Madrid la podríamos localizar como ITE Madrid, y una memoria con las mejoras potenciales del edificio en las que sobre todo se debe de especificar la mejora energética y el presupuesto de distintas actuaciones.

Cuando previamente sabemos el estado del edificio podemos priorizar cuáles son las deficiencias a resolver con mayor urgencia, como por ejemplo daños estructurales o que causen entradas de agua, faltas de seguridad, errores graves en instalaciones… y posteriormente mejorar las condiciones de ahorro energético, bien mejorando las condiciones de la envolvente añadiendo aislamiento y cambiando carpinterías, o bien incorporando sistemas de energía renovable como puede ser la solar, la biomasa, los sistemas con bomba de calor, etc.

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Foto de Los Muertos Crew en Pexels

El papel del libro del edificio en las ayudas

Incluso en las obras de escasa necesidad técnica, si quieres solicitar una de las ayudas del programa mencionado líneas arriba es necesario incluir el Libro del edificio existente para la rehabilitación o, en su defecto, un estudio sobre el potencial de mejora del edificio o vivienda en relación con los requisitos básicos definidos en la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación y un Plan de actuaciones en el que se identifique la actuación y mejora propuesta.

Existe la obligatoriedad de que tener el libro en aquellos edificios de más de 50 años y realizar inspecciones periódicas cada 10 años, aunque las administraciones municipales pueden reducir estos periodos. Por ejemplo en Madrid deben de realizarla todos los edificios con una antiguedad superior a 30 años.

Dentro del plan de mejora existe un programa de ayuda a la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, el cual subvenciona también la redacción del proyecto y la del libro.

Consejo sobre la ITE o IEE

Como consejo te diría que, en caso de solicitar una IEE solicita también las mejoras potenciales del edificio. Ya que una vez realizada la IEE conoces el estado del edificio y los puntos débiles, es conveniente saber las posibles mejoras que soporta y cuáles son los costos aproximados. De esta manera la comunidad de vecinos puede tener una base para futuras intervenciones, enfocada en todo caso a la reducción de la energía no renovable y a la reducción de la demanda energética.

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Foto de Pixabay en Pexels

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