Empleadores tienen que revisar cumplimiento de sus obligaciones
Consideran positivos los programas de fomento a la capacitación
Este año se presenta con bastante movimiento en el ámbito de las relaciones laborales, tanto en el campo normativo como en la actuación de los actores sociales.
Para afrontar esta situación, los laboralistas Michael Vidal Salazar y Ricardo Herrera Vásquez recomiendan a las empresas contar con planes adecuados de desarrollo de sus relaciones laborales, destacando la importancia de los programas de formación y capacitación, y el acceso al certificado de responsabilidad empresarial cuando el Estado empiece a otorgarlo.En opinión de Vidal, los planes de desarrollo de relaciones laborales deben incluir un sistema de prevención y verificación del cumplimiento de obligaciones.
En ese marco, advierte que debe considerarse la implementación del nuevo proceso laboral en la capital, toda vez que este año marcará el inicio de la aplicación de la nueva Ley Procesal del Trabajo en Lima (Ley N° 29497) y, con ello, de sus paradigmas, entre los que figuran la presunción de laboralidad, la facilitación de la prueba a favor de la parte trabajadora y la participación activa de los sindicatos en los procesos judiciales.
Además, manifiesta que el proyecto de Ley General del Trabajo seguirá en debate, y con ello temas relevantes como el tratamiento del despido arbitrario y la indemnización a ser considerada como reparación frente al mismo, así como el reconocimiento de la participación en las utilidades de las empresas que contratan servicios de tercerización a favor del personal de los empleadores contratistas.
“No obstante, si existe determinación, el tema podría resolverse este año, lo que sería una novedad importantísima”, reconoce el laboralista, quien se desempeña como asociado principal del Estudio Echecopar.
Iniciativas y labor inspectiva
Vidal recomienda tomar en cuenta la existencia de iniciativas legislativas sobre temas específicos que también se mantienen en discusión. “Tal es el caso del proyecto N° 263/2011-CR sobre participación en las utilidades, propuesta que contiene referencias nuevamente a la posibilidad de que el beneficio alcance a los trabajadores de las empresas tercerizadoras de servicios.”
Asimismo, aconseja tener presente que existe el proyecto N° 184/2011-CR sobre el teletrabajo, cuyo futuro podrían determinarse este año.
“Otro aspecto que resulta resaltante para este año está vinculado a las inspecciones, tanto del cumplimiento de las obligaciones netamente laborales como de las obligaciones vinculadas a seguridad y salud en el trabajo”, detalla.
Considera que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) apunta a hacer más constante la labor inspectiva en esta materia. “Política en la que, de seguro, seguirán emitiéndose directivas para alinear los criterios a ser utilizados por los inspectores y órganos superiores, tal como sucedió durante 2011.”
Aconseja no olvidar que el año pasado se emitió la Resolución Directoral N° 096-2011-MTPE/2/16 sobre la aplicación del principio de primacía de la realidad en las inspecciones.
Fomento a la generación de empleo
El laboralista Ricardo Herrera considera muy positiva la existencia de programas de fomento a la capacitación y generación de empleo para jóvenes.
“El 40 % de la población en el Perú tiene menos de 25 años, por lo que definitivamente somos un país que requiere tener una fuerza laboral joven capacitada y calificada”, advierte.
Sostiene que esto, sobre todo, es muy importante para alcanzar mejores niveles de productividad y de competitividad no solo en las empresas sino como país. “También es importante para que los jóvenes tengan mayor empleabilidad, es decir, sean personas con mayores calificaciones y posibilidades de encontrar trabajo formal y engrosar la lista de los trabajadores que aportan a la seguridad social.”
El arbitraje es una alternativa
En el ámbito de las relaciones colectivas de trabajo, Vidal considera que las negociaciones que se presenten durante este año deberán tener en consideración la utilización del arbitraje como una solución al conflicto.
“Ahora, con reconocido carácter potestativo, cualquiera de las partes puede llevar a la otra al arbitraje en los supuestos que se considere que existe una mala fe de una de ellas al momento de negociar”, señala.
Refiere que la aplicación del Decreto Supremo N° 014-2011-TR, no solo para dar solución a la negociación, sino para determinar el nivel en que se desarrollará esta, será un factor a tener en cuenta por los empleadores y trabajadores.
Deberes
Las empresas con menos de 200 trabajadores deben contar con médico ocupacional cuando menos dos veces por semana, mientras que las empresas con 200 o más trabajadores deben tener un médico ocupacional al menos cinco días por semana.
Los empleadores deben capacitar a sus trabajadores en seguridad y salud en el trabajo al momento de la contratación, durante la relación laboral y cuando se produzcan cambios tecnológicos, en funciones o puesto de trabajo.
Consejos
1. El laboralista Vidal considera que la política de las empresas en cuanto a sus relaciones con los trabajadores debe apuntar en este año a una revisión del cumplimiento de sus obligaciones laborales, y de seguridad y salud en el trabajo.
2. “Así como a una prevención que permita no incurrir en el incumplimiento de esas obligaciones de las empresas”, refiere.
3 Indica que los empleadores también deben tomar acciones para reunir el suficiente material probatorio que les permita tener una debida defensa en el esquema del nuevo modelo de proceso laboral.
4. “Esto implica revisar sus políticas de utilización de la contratación indirecta, vale decir, intermediación y tercerización”, señala.
5. Asimismo, advierte, implica analizar sus relaciones colectivas de trabajo, con el fin de asegurar una debida convivencia con las organizaciones sindicales que puedan haberse constituido.
Diario El Peruano (23/02/2012)