En el País Vasco el límite máximo de diferencia de edad para adoptar es de 44 años, por lo que para adoptar a un niño de 1 año de edad, no se podrán superar los 45 años. Este martes se ha aprobado el procedimiento que deben seguir las diputaciones forales en materia de adopción, esta decisión modifica el decreto 245/2012 en el que se había suprimido el límite de edad para adoptar a un menor. La razón de este cambio es evitar que exista una brecha generacional excesiva entre las familias adoptivas y los niños adoptados, con este cambio se persigue poder brindar a los niños un modelo de familia acorde y normalizada con el ciclo vital socio familiar y la maternidad biológica.
Recordemos que en el año 2012 se dispuso a nivel nacional en el Plan Para la Infancia y Adolescencia 2012-2015 del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, la prohibición de que la diferencia de edad entre quien adopta y quien es adoptado, fuera superior a 50 años, con esta norma se pretende ofrecer un entorno más adecuado a los bebés. Ahora el Gobierno Vasco rebaja la diferencia de años considerando que no se trata de una regulación discriminatoria para quienes quieren adoptar, considera que existe una justificación objetiva y más que razonable para implantar esta nueva norma.
En el nuevo decreto se establece que las parejas o las personas de familias monoparentales que deseen adoptar, no deberán superar la diferencia de años indicada en el momento en el que se expida el certificado de idoneidad. Aunque se apunta que esta diferencia de edad podrá ser superior siempre y cuando el equipo técnico de la Diputación Foral y en beneficio de los menores a adoptar lo justifique, como por ejemplo en el caso de los menores de edad que tienen necesidades especiales. Si una persona solicitante o una pareja de una familia mono parental tiene más de 50 años, se valorará si dicha diferencia de edad podría suponer una limitación para el conveniente desarrollo del niño. En este caso se establecerá, a través de un criterio biológico normalizado, la edad mínima que deberá tener el niño a adoptar.
Este cambio legislativo tiene sentido, el Gobierno Vasco comparte el criterio científico acerca de la brecha generacional en los procesos de adopción, pero también lo comparte la legislación española, quizá en estas cuestiones sería interesante que todas las Comunidades siguieran la misma reglamentación. Del mismo modo, y a pesar de que el equipo técnico de la Diputación Foral puede determinar la idoneidad de la adopción con una diferencia de edad superior por cuestiones como la adopción de un niño con necesidades especiales, se deberían detallar por ley las posibles excepciones.
Los padres que desean adoptar deben tener en cuenta la edad a pesar de que puedan sentirse jóvenes, no se trata de una discriminación, una brecha generacional excesiva podría perjudicar al menor. A través de este artículo publicado en El Correo, podréis conocer más detalles sobre la nueva disposición.
Foto | Rachel Titiriga
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En el País Vasco la diferencia de edad para adoptar es de 44 años