Mediante Resolución Administrativa Nº 02508-2015/CAH-LEY Nº 29625, publicada en el diario oficial El Peruano ayer Domingo 25 de Octubre del 2015, ha sido aprobada la cuarta lista de beneficiarios que obtendrán la devolución de sus aportes al FONAVI.
Para dicho efecto la Comisión Ad Hoc creada por la Ley 29625 ha dispuesto transferir al Banco de la Nación 75 millones de sus cuentas bancarias para cubrir el pago a 45,839 beneficiarios que podrán cobrar la devolución de sus aportaciones a partir del Jueves 29 de Octubre del 2015.
Cabe señalar que en la primera lista se dispuso la devolución a 103,011 beneficiarios (Enero del 2015); en la segunda lista se ordenó la devolución para 41,590 beneficiarios (Mayo del 2015) y en la tercera lista la devolución fue para 80,857 beneficiarios (Julio del 2015). Eso significa que con la cuarta lista habrá quedado ordenada la devolución de aportaciones para 271,297 ex fonavistas.
Sin embargo, es de apreciar también que el 22 de Octubre pasado la Comisión Ad Hoc adoptó el Acuerdo Nº 2/21-2015 determinando que hasta el 31 de Agosto del 2015 han registrado el Formulario Nº 1 la cantidad de 1'327,651 fonavistas. Es decir que hasta la cuarta lista sólo ha sido cubierto el 20 % del total de fonavistas inscritos, faltando todavía ordenarse la devolución para 1'056,354 fonavistas, sin contar los que continuarán inscribiéndose hasta el 31 de Agosto del 2018 (como ha dispuesto el Tribunal Constitucional en su sentencia STC 0012-2014/PI-TC).
Cómo efectuar el cobro de la devolución del FONAVI
Los pasos para cobrar la devolución de las aportaciones al FONAVI son los siguientes:
1. El fonavista debe verificar primero si se encuentra en la cuarta lista de beneficiarios FONAVI pulsando aquí, o si se encuentra en las tres listas anteriores de beneficiarios FONAVI pulsando aquí. Con ello, ingresando su número de DNI el sistema de consultas de la Comision Ad Hoc le informará si está incluido en la lista de personas que ya pueden cobrar la devolución de sus aportes.
2. Si se encuentra en la lista de beneficiarios deberá acercarse a cualquier agencia del Banco de la Nación portando su DNI, debiendo recordar que dicho trámite es completamente gratuito (por lo cual no debe pagar comisiones ni aportes a ninguna persona natural o jurídica).
Qué hacer si no se ha registrado en el Padrón de Beneficiarios
Si bien es cierto hasta el 31 de Agosto del 2015 se han registrado 1 millón 300 mil fonavistas, no se sabe con certeza el número de trabajadores que aportaron al FONAVI durante el lapso que estuvo vigente dicha aportación obligatoria. Por dicha razón el Tribunal Constitucional dispuso en la sentencia STC 0012-2014/PI-TC ampliar hasta el 31 de Agosto del 2018 el período de registro para que todo aquel fonavista (o sus herederos) que no haya realizado el trámite de inscripción pueda hacerlo.
En dicho sentido, si eres fonavista (o eres heredero de alguien que aportó al FONAVI) y no te encuentras inscrito en el padrón de beneficiarios puedes efectuar el registro del siguiente modo:
1. Descarga el Formulario 1 de inscripción al proceso de devolución del FONAVI.
2. Llénalo con tus datos y preséntalo en cualquier agencia del Banco de la Nación hasta el 31 de Agosto del 2018. Con eso la Comisión Ad Hoc empezará el proceso de verificación.
Esperamos que esta información te sea de utilidad. Aprovéchalo y compártelo por favor. Saludos cordiales.