¿Deben las mujeres acceder al empleo o a puestos de responsabilidad y decisión por sus méritos o por cuotas?
Se trata de un debate bien interesante, que provoca pasiones y que tiene una indudable actualidad ante la aprobación parlamentaria de la Ley de Igualdad efectiva entre mujeres y hombres, que el Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero, en cumplimiento de una promesa electoral, ha promovido.
Veamos. Un puesto de trabajo o de responsabilidad debe estar ocupado por quien tenga el mérito y la capacidad suficiente para ejercerlo, con independencia de su sexo. Parece una afirmación incontestable, pero ¿es lo que está ocurriendo?
El pasado curso académico, salieron de las universidades un 60,5% de licenciadas mujeres frente a un 39,5% de hombres. En términos generales, el expediente académico de ellas es más brillante y superan en mayor número las pruebas de acceso al empleo público. El mérito y la capacidad existe entre la población femenina, incluso en mayor cantidad.
¿Están las mujeres presentes en el empleo o en puestos de responsabilidad de manera igualitaria y en función de sus criterios?
La tasa de ocupación femenina es del 42,52%, frente al 65,29% masculina (datos EPA); de cada 10 contratos temporales, ocho son ocupados por mujeres; el 78% de los contratos a tiempo parcial es de mujeres; las empresas del Ibex 35 sólo tienen un 2,5% de mujeres en sus consejos de administración; las mujeres representan el 13,7% del total de catedráticos de universidad y el 3% de los doctorados honoris causa; el 70,8% de los empresarios son hombres, frente al 29,2% de mujeres; sólo el 6,6% de mujeres gana más que sus parejas.
Eso sí, el 83% de las personas que cuidan a un dependiente son mujeres; por cada hombre que abandona su puesto de trabajo por razones familiares, lo hacen 27 mujeres, que emplean diariamente una media de cinco horas en el trabajo doméstico, frente a una hora y 37 minutos de los hombres.
Para ocupar un puesto de trabajo o de responsabilidad, a las mujeres no les basta con esgrimir el pasaporte de su preparación. Sólo caben dos alternativas:
-O ellas aún no tienen mérito y capacidad suficientes, como parece sostener el PP cuando argumenta contra las cuotas, y habremos de esperar pacientemente a que los adquieran, cual cae la fruta madura, eso sí, dentro de algunos siglos.
-O ellas sí tienen mérito y capacidad, como sostiene el PSOE y además, y lo más importante, derechos, pero hay razones que explican este curioso diferencial de oportunidades, no menos curioso aunque haya acompañado siempre a la historia de la humanidad.
A simple vista, parece que las mujeres se dedican a sostener diariamente la práctica totalidad de las necesidades de atención que, como conjunto de la sociedad, mujeres y hombres tenemos. Esta circunstancia, que se enmarca en un modelo social patriarcal, que reparte desigualmente roles y poder, se alza como un techo, no sé si de cristal, desde luego de un material difícil de romper.
¿Es necesario intervenir desde los poderes públicos para equilibrar esta desigualdad y por tanto ampliar el disfrute de sus derechos a las mujeres?
Sí. No sólo es necesario sino que la Constitución española nos manda en su artículo 9.2, a promover las condiciones, remover los obstáculos y facilitar la participación. Parece difícil encontrar una mejor fundamentación jurídica a las políticas de acción positiva.
El sistema de cuotas no sólo es legal, es legítimo. Usamos cuotas para todo, de manera natural, sin que hasta ahora nadie las haya cuestionado.
Las usamos en los partidos políticos, en las empresas, en las propias familias. Cuando por ejemplo, un partido político elabora una lista electoral suele cambiar algunos de sus miembros (cuota de renovación), suele presentar personas de distintas edades (cuota de edad), cuenta con personas que representen diversos lugares del territorio (cuota de territorialidad), y así sucesivamente. Y nadie se ha preguntado si los entrantes tienen más mérito y capacidad para acceder a esos puestos que los salientes. Simplemente, se han hecho las sustituciones y renovaciones en el mundo de la política, de la empresa, de los sindicatos, de las asociaciones, de las instituciones y organizaciones, en general.
Pero cuando las mujeres esgrimen su condición de mitad de la población, entonces el sistema que antes funcionaba deja de valer, y aparece un nuevo requisito, un pasaporte expedido especialmente para ellas: el famoso mérito y la no menos famosa capacidad.
La Ley de Igualdad efectiva entre mujeres y hombres deja atrás los exámenes a las mujeres para acceder a sus derechos, y establece no una cuota, sino dos: la cuota de los hombres y la cuota de las mujeres, la doble cuota natural de la demografía, que por cierto, es una palabra que se parece mucho a democracia, quizá no por casualidad.
La Ley de Igualdad Efectiva entre mujeres y hombres, fundamenta y legitima el derecho de los hombres a disfrutar del 50% del empleo, de los cuidados familiares y del poder. El resto es todo de las mujeres.