![Incapacidad Permanente: Todo lo que tienes que saber sobre el dictamen-propuesta Incapacidad Permanente: Todo lo que tienes que saber sobre el dictamen-propuesta](https://m1.paperblog.com/i/723/7236787/incapacidad-permanente-que-tienes-que-saber-s-L-VdFr_u.jpeg)
Cuando se inicia un procedimiento para la obtención de la Incapacidad Permanente, uno de los pasos es la emisión del dictamen-propuesta por parte del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI).
En este artículo vamos a ver qué es este dictamen-propuesta, cuáles son sus características, así como el contenido de este.
¿Qué es dictamen-propuesta?
El dictamen-propuesta recoge una parte de la resolución de los inspectores que han evaluado el estado del trabajador. Es decir, los integrantes del Tribunal Médico.
Por tanto, pasa a ser un documento corto muy importante dentro del proceso de solicitud de incapacidad permanente.
En el mismo se integran las conclusiones que extrae el EVI como organismo oficial a partir del informe de síntesis.
Características del dictamen-propuesta
Las características son las siguientes:
- Preceptivo: es decir, que forma parte de la normativa que regula el procedimiento.
- No es vinculante: es decir, el INSS no tiene por qué seguir lo que se indica en él. Como su propio nombre indica, se trata de una propuesta.
Contenido del dictamen-propuesta
Este documento debe pronunciarse sobre los siguientes aspectos:
La anulación o disminución de la capacidad para el trabajo por existencia de situaciones de incapacidad permanente.
La calificación del grado de incapacidad.
- Agravación
- Mejoría
- Error de diagnóstico
Determinación de la contingencia causante de la incapacidad.
Ante este dictamen ¿qué puede hacer el INSS?
Como te he comentado anteriormente, una de las características del dictamen-propuesta es que no es vinculante.
En este sentido, el INSS puede actuar de diferentes posturas:
- Denegando la incapacidad
- Declarando la existencia de incapacidad permanente y el grado
- Elevando o disminuyendo el grado tras una revisión
- Dando el alta médica
- Dando una prórroga de la baja (máximo hasta los dos años)