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¿Incapacitado para jugar por las lesiones o demasiado mayor? Caso “Javi Baraja”

Publicado el 14 diciembre 2016 por Trescuatrotres @tres4tres

La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla - León (Sala de lo Social, Valladolid, Sección 1ª) de 10/11/2016 analiza el caso de Javi Baraja, hermano de Ruben Baraja (actual entrenador del Rayo Vallecano de Madrid, S. A. D.), jugador que inició su carrera como futbolista profesional en el año 2001, en el Real Valladolid S.A.D., pasando después por el Getafe Club de Fútbol S.A.D., Málaga Club de Fútbol S.A.D., volviendo al Real Valladolid S.A.D., en el año 2005, club en el que jugó hasta el año 2014.

Al finalizar la temporada 2013/2014, el club Deportivo Palencia Balompié estuvo interesado en su contratación para la temporada 2014-2015, comenzando los entrenamientos con este equipo en el mes de octubre de 2014, pero finalmente no se produjo su fichaje al no pasar el correspondiente reconocimiento médico, debido a constantes problemas en sus rodillas, momento en el que decidió poner fin a su carrera profesional.

¿Incapacitado para jugar por las lesiones o demasiado mayor? Caso “Javi Baraja”

El jugador a lo largo de su carrera profesional tuvo las siguientes lesiones: en 1998 sufrió una rotura del menisco externo en la rodilla derecha; en 2002 se rompió de nuevo el menisco externo, esta vez en la rodilla izquierda; de acuerdo con la sentencia, aproximadamente desde el año 2012, presentó bastantes "problemas" en ambas rodillas con dolor e inflamación sobretodo en relación con el ejercicio físico y acompañado con varios episodios de lesiones musculares en cuádriceps derecho sobretodo.

Habiendo solicitado el futbolista la incapacidad permanente, ésta fue denegada, siendo recurrida tal decisión hasta llegar el Tribunal Superior de Justicia de Castilla - León. Por este Tribunal, se procede a analizar si el jugador, conforme al entonces aplicable artículo 137.4 de la Ley General de la Seguridad Social, se encontraba en situación de incapacidad permanente total, derivada de enfermedad común para su profesión habitual de futbolista profesional (se considera como situación de incapacidad permanente total para la profesión habitual la que inhabilite al trabajador para la realización de todas o de las fundamentales tareas de dicha profesión, siempre que pueda dedicarse a otra distinta).

En este caso se plantea si la imposibilidad de Javi Baraja de poder jugar al fútbol no se deriva de la las lesiones que padeció, sino de la edad avanzada que ya detentaba para la práctica de dicha actividad a nivel de competición (alega el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social que las dolencias que presenta son fruto del desgaste inherente a la alta competición, no siendo este tipo de situaciones las previstas por el legislador para su cobertura por la vía de la incapacidad profesional, sino más bien por el cauce de la jubilación).

El Tribunal Superior de Justicia dio la razón al futbolista concediendo la incapacidad solicitada al entender que este jugador, pese a las lesiones contraídas con ocasión de la práctica deportiva en la alta competición, ha venido jugando en ella desde febrero de 2001 y hasta el mes de junio de 2014. Es más, para la temporada 2014/2015 el Club Deportivo Palencia Balompié estuvo interesado en contratar sus servicios.... Esta circunstancia evidencia que no es la edad del actor, sino las lesiones de ambas rodillas, lo que le impide continuar desarrollando su carrera profesional en la alta competición, impidiendo no sólo ya su participación en los partidos, sino en los procesos rutinarios de entrenamiento.

F.C.GetafeJavi BarajajuicioMálaga C.F.Real Valladolid C.F.Ruben Baraja

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