Revista Jurídico
Incompetencia del juez de control para pronunciarse sobre el grado de participación y la relación de causalidad
Por Fcovivas
El juez de control no es competente para pronunciarse sobre el grado de participación o la relación de causalidad, pues se trata de asuntos que deben ser dilucidados en el debate. Máxima: “En relación con la denuncia sobre la falta de pronunciamiento en cuanto a la autoría intelectual del acusado y la relación de causalidad existente, esta Sala comparte el criterio sostenido por la primera instancia constitucional, en cuanto a que dichos planteamientos deben debatirse durante el juicio oral y público, por ello, el juez en funciones de control no es competente para realizar algún pronunciamiento”.
Ver extracto en:http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/agosto/1178-9813-2013-12-1230.HTML
Ver extracto en:http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/agosto/1178-9813-2013-12-1230.HTML
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