La inscripción será desde el 13 de abril al 12 de junio de 2015. Próximo a la fecha, se ampliará información al respecto.
La inscripción al Ingreso a la Docencia se podrá realizar por una de estas dos opciones. 1º) Primera opción: en formato tradicional (soporte papel), es decir cumplimentando la Declaración Jurada y entregándola en la SAD para efectivizar la inscripción; (Aspirantes que realizan el ingreso por primera vez)2º) Segunda opción: en forma virtual (vía Internet), es decir cumplimentando la Declaración Jurada, de la pagina Web“Portal:.abc.gov.ar” para efectivizar la inscripción por autogestión.
PRIMERA OPCIÓN
Aspirantes que se inscriben por primera vez Los interesados deberán realizar su inscripción de Ingreso a la Docencia en la Secretaría de Asuntos Docentes donde deberán presentar:1) Formulario Solicitud de Inscripción ( Declaración Jurada) 1 original y 2 copias2) Fotocopia DNI (páginas 1º, 2º).3) Fotocopias autenticadas de títulos y cursos acreditados que posean, debidamente registrados.- En el rubro antigüedad se consignará todo el desempeño, desde el inicio de su carrera docente. Deberá constar la fecha “desde” y “hasta”, situación de revista y desfavorabilidad “si/no”.
ØDISTRITOS SOLICITADOS EN LA OPCIÓN TRADICIONAL: Se deberán cargar como máximo tres (3) distritos. Si el interesado no consignó ninguno, de oficio se le cargará el Distrito donde realizó la inscripción y/o el de residencia.ØCARGO TITULAR: a efectos de la valoración de este ítem se deberá considerar lo declarado por el interesado, teniendo especial atención en aquellos casos en que se hubiera modificado su situación por acción estatutaria u otra causal (Acrecentamiento, titularización interina, renuncia, etc.). · Aspirantes nuevos: se procederá a cargar toda la antigüedad debidamente certificada que el aspirante consigne o se convalidará la consignada en la base de datos del Sistema Informático ( PDD )· Aspirantes que figuran en el listado anterior: se cargará la antigüedad correspondiente al año o se convalidará la consignada en la base de datos del Sistema Informático.(PDD)· CALIFICACIONES: se consignarán las calificaciones certificadas correspondientes a los dos (2) últimos años en que haya sido calificado el aspirante en el cargo, módulos y/u horas cátedra o se convalidarán las consignadas en la base de datos del Sistema Informático (PDD) “Si en el mismo año y cargo se hubieren obtenido distintas calificaciones, se considerará la más favorable al postulante”, Art. 60º inc. g-Ley 10579. ØTITULOS HABILITANTES: la recomendación que a continuación se brinda tiene como objeto colaborar para evitar eventuales reclamos por el puntaje que corresponde a cada título. Es necesario prestar especial atención en el volcado de: la denominación del título, el organismo que lo expidió y si posee número de Resolución o ID, debe coincidir exactamente con el que aparece en pantalla. ØTITULOS Y CURSOS BONIFICANTES:· Aspirantes nuevos: se cargará la totalidad de títulos y cursos bonificantes.· Aspirantes que figuran en el Listado 2014/15: se cargarán los títulos y cursos declarados por el aspirante, obtenidos en el período comprendido hasta 12/06//15, previa verificación del correspondiente registro en la DGC y E. Observación: los títulos reconocidos y cursos podrán ser consultados en el Portal abc Es importante tener en cuenta la recomendación antes enunciada y además atender al número del proyecto o trayecto si lo tuviera y la coincidencia con cantidad de horas. Sólo se cargarán títulos y cursos bonificantes que hayan sido constatados con original a la vista. Ante la recepción de reclamos por esta causal, se procederá a considerar los cursos que obran en el legajo.ØDOCENTES “DECRETO 258”: se procederá a cargar lo solicitado por el aspirante.ØFECHA DE REGISTRO DE TITULOS: Los Tribunales de Clasificación Descentralizados cargarán en el Sistema la fecha de Registro de Títulos. Las mismas serán actualizadas de acuerdo al cronograma que vigente
SEGUNDA OPCIÓN
El aspirante podrá cumplimentar, vía Internet, los datos requeridos en la Declaración Jurada Digital y verificar los existentes en la base de datos Servado, sin necesidad de concurrir a la Secretaría de Asuntos Docentes y realizar la Inscripción por autogestión. Al ingresar al sitio Web, el aspirante observará que se encuentran consignados con los datos que se encuentran en la base del aspirante; en éstos casos se convalidarán los mismos y se aceptará la inscripción. Si el interesado durante la cumplimentación de la Declaración Jurada Digital no estuviese de acuerdo con lo que contiene la base de datos del Servadoo resultare necesario la incorporación de nuevos datos, cursos, títulos, etc., entonces el aspirante podrá no aceptar los datos observados y continuar hasta finalizar la inscripción, debiendo necesariamente concurrir a la SAD dentro del período de inscripción, con la documentación probatoria, a fin de ser entregada en la Secretaría de Asuntos Docentes para su posterior carga en los Tribunales de Clasificación Descentralizados, solicitar la modificación y /a incorporación de los mismos a su legajo. Si no lo hiciere en dicho período no podrá realizar reclamo alguno a posteriori.Procedimiento a seguir por los aspirantes que elijan el sistema de autogestionar su inscripción
- Visitar el sitio “servicios .abc.gov.ar”
- Registrarse en el PORTAL ABC para obtener el usuario/contraseña si no se dispone de ella.
- Iniciar sesión ingresando el usuario/contraseña obtenida.
- Usar el servicio IID ( Inscripción Ingreso a la Docencia) y cumplimentar los siete pasos propuestos:
1-Datos personales
2-Distritos solicitados
3-Niveles y modalidades
4-Cargos titulares y titulares interinos
5-Antigüedad/calificación6-Formación Docente: cursos y títulos7-Cobertura Decreto 258 Los pasos 1, 2, 3 y 7 (algunos datos del paso 1) deberán se autogestionados por la persona interesada, quien completará todos los datos allí solicitados aceptando o no los mismos, que podrán ser modificados por el aspirante posteriormente, finaliza inscripción. Al finalizar se puede verificar, el correcto funcionamiento de su autogestión visitando el servicio DJD “Declaración Jurada Digital”. Se aclara que a partir de la presente inscripción, será obligatorio consignar el Nº CUIL para dar cumplimiento a las distintas acciones requeridas por la Dirección General de Cultura y Educación. En los casos que no se declare no se podrá validar la inscripción./
Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar
Visita: www.elarcondeclio.com.ar Daniela Leiva Seisdedos