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Iva superreducido y desgravación en el irpf por adquisición de vivienda habitual de vivienda

Publicado el 07 enero 2012 por Mariarosario
IVA SUPERREDUCIDO Y DESGRAVACIÓN EN EL IRPF POR ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL DE VIVIENDA
Entre las disposiciones incluidas en el Real Decreto Ley de medidas urgentes de orden económico y social, y de corrección del déficit público, aprobado por el Ejecutivo el 30 de diciembre, destaca la recuperación de la desgravación en el IRPF por adquisición de vivienda habitual, con el objetivo de reactivar el mercado inmobiliario y aligerar el "stock de viviendas" sin vender, que se calcula alrededor de las 700.000 viviendas. La desgravación en el IRPF por adquisición de vivienda habitual se realizará en las mismas condiciones que existían hasta el 31 de diciembre de 2010, un 15% de la inversión en vivienda habitual, con un límite de 9.015 euros, lo que supone un ahorro para los compradores de hasta 1.350 euros. En la actualidad, solo se pueden aplicar la deducción quienes tienen ingresos inferiores a los 24.000 euros. Esta medida se aplicará con carácter retroactivo desde enero de 2011.

El nuevo Real Decreto Ley también incluye el establecimiento de un IVA superreducido del 4% para la adquisición de la primera vivienda a partir de 2012. Con esta medida, se pretende ayudar a la reactivación del mercado de viviendas, según señaló el Ejecutivo.El nuevo Ejecutivo recuperará a su vez la deducción fiscal generalizada en el IRPF por la inversión en una residencia habitual.

Para una vivienda de valor medio de 150.000 euros, la reducción del iva al 4% supone ahorrar 6.000 euros, además de poder desgravar hasta 1.500 euros por ejercicio en el IRPF durante 20 años. De esta forma se recuperan 30.000 euros.
 la tributación hiperreducida debe rebasar la obra nueva -sometidas al IVA- y aplicarse también a las ventas de vivienda usada, actualmente sujetas al Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). Este tributo oscila entre el 7% y el 8%, según la autonomía. Se establece un incremento del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que afectará a las viviendas que estén por encima del valor medio. Esta última disposición tendrá carácter temporal por dos años. 

La subida será del 4%, el 6% o el 10%, dependiendo de la antigüedad de la revisión catastral.

Y para evitar penalizar a las rentas más bajas se librarán del alza de impuestos el 50% de las viviendas de menor valor de cada municipio., siempre que sus valores catastrales hayan sido revisados después de 2001. También están exentas de la subidas las viviendas a las que se les revisó el valor en 2005, 2006 y 2007 que fue cuando el valor de los inmuebles era más alto.

En total, con estas medidas el Ejecutivo quiere ahorrarse 6.275 millones de euros.



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