Revista Empresa

La bonificacion de cursos e-learning

Por Bonificate
LA BONIFICACION DE CURSOS E-LEARNING

Foto tomada de Flickr bajo licencia Creative Commons, autor SantiMB.

Quiero empezar este artículo con la premisa de que no soy un apasionado de la teleformación, tampoco soy un detractor a ultranza, pero admito que el e-learning no es la modalidad de formación que más me gusta, al menos tal y como la conocemos. Los motivos que me llevan a tener esta opinión no vienen al caso ahora.  Hago la referencia pues creo que la Fundación Tripartita ha perdido una ocasión de oro para ayudar al sector de la formación on line a dar un salto, madurar y avanzar hacia ese lugar de prestigio donde creo que debe estar.

Creo que todos nos sorprendimos bastante el pasado mes de Diciembre, cuando la Fundación Tripartita anunció que pediría las claves de acceso a las plataformas de  teleformación en los cursos e-learning comunicados para bonificación. Era el anuncio de las e-visitas_de_seguimiento, las auditorías on-line. La e-inspección.

Las reacciones de mis clientes fueron variadas: desde el no darle importancia y seguir como si tal cosa, hasta los que me apuntaron que podría dar lugar a situaciones de “indefensión jurídica” que más adelante comentaré. A mí personalmente me parece bien que la Fundación Tripartita ponga en marcha este sistema, al fin y al cabo pedir las claves de acceso es el equivalente digital de pedirte la dirección postal del aula en una formación presencial. Bueno, con ciertos matices.

Insisto: me parece que se ha perdido una oportunidad. Creo que hubiera sido momento para que la Fundación Tripartita hubiera establecido los estándares mínimos que una plataforma de formación on line debe cumplir para la bonificación de cursos e-learning. Creo además que la fórmula de dar recomendaciones sobre esos estándares y dejar todo el 2011 para la progresiva adpatación de las plataformas hubiera sido un acierto. Creo que el sector del e-learning está sufriendo el efecto (nefasto) de las nulas barreras de entrada. Hoy la tecnología es barata y accesible. Es simple de usar y se ha democratizado. La propia Fundación en su web recoge varios sistemas para desarrollar contenidos e-learning. Creo que esto provoca una llamada “al negocio fácil” que la propia Fundación, sin pretenderlo, alimenta, y a la que acuden todo tipo de intereses. Y, como suele hacer la Fundación Tripartita cuando comprueba que hay gente pasándose de lista, hace café para todos y mete en el mismo saco a los profesionales y a los oportunistas. Y el sistema de bonificaciones se convierte en un mecanismo policiaco donde todos somos sospechosos, de entrada. 

Se ha perdido la oportunidad de estandarizar y de establecer los criterios mínimos en las plataformas de teleformación para poder acceder a la bonificación de cursos on line. Creo que la Fundación Tripartita podría haber dado un empujón definitivo al mundo del on-line. Hablo de estandarizar la parte pedagógica y hablo de estandarizar qué tipo de informes de seguimiento del alumnado deben estar disponibles para eventuales inspecciones “e-insitu”. Ejemplo de algo que creo que sería bueno estandarizar en la parte pedagógica sería regular de modo claro y expreso si colgar pdfs en internet es teleformación o no. Ejemplo de algo a estandarizar en la parte de inspecciones sería, desde mi punto de vista, si es obligatorio o no registrar las puntuaciones obtenidas por el alumno en los tests de seguimiento de cada uno de los capítulos del curso.

He citado al comienzo un aspecto relacionado con la “indefensión jurídica” que un cliente me señaló hace unos días. En una inspección in-situ de un curso presencial el inspector redacta una hoja de visita de la cual deja una copia a la entidad bonificada. La entidad bonificada tiene la oportunidad de leer el contenido de esa “acta de inspección” y eventualmente de reflejar por escrito su desacuerdo con algo de lo que allí se diga. Pero claro, en la bonificación de cursos e-learning no está regulada la figura del “acta de inspección”. De este modo, si un curso e-learning recibe una e-visita de e-seguimiento ¿cómo puede la empresa bonificada saber qué es lo que el inspector registrará como resultado de dicha e-inspección?. Estoy de acuerdo en que puede haber indefensión ante la Administración para la entidad formadora y para la entidad bonificada.

Yo propongo que las plataformas registren la actividad del inspector de la Fundación Tripartita desde que hace login hasta que abandona la sesión. Incluso propongo que al hacer login con las claves dadas a la Fundación aparaazca un aviso del tipo “La actividad que usted realice durante su inspeccion a la plataforma quedará registrada … pulse aceptar para continuar…”. Incluso yo pediría que cada vez que el inspector quisiera descargarse algún informe de actividad de un alumno se le pidera su propio certificado digital y quedara constancia de qué información se lleva en dicho informe. A lo mejor es excesivo, pero es lo que yo haría.

José Carlos Amo.


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