Revista En Femenino

La diferencia de opiniones no impide la custodia compartida

Por Pequelia @pequelia

Separación de los padres

El Tribunal Supremo se ha pronunciado revocando una sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla cuando concedió la custodia de un niño a su madre, con el argumento de que existía un importante nivel de conflicto y tensión entre los padres. La Audiencia Provincial determinó que la custodia compartida no sería una solución, sino un cúmulo de problemas que terminarían afectando al menor.

El Tribunal Supremo determina que la diferencia de opiniones no impide la custodia compartida, que un progenitor crea que el niño deba estudiar en un colegio y el otro progenitor en otro, no debe impedir un régimen de custodia compartida, de hecho, en los hogares suelen haber diferencias de opiniones entre padres y madres, y los menores conviven con ellas sin que ello suponga un problema.
Posiblemente esta nueva sentencia se considerará un éxito por la Plataforma por la Custodia Compartida, recordemos que el pasado 19 de marzo esta plataforma convocó una concentración a la que acudieron padres separados y divorciados solicitando una ley nacional que contemple de forma preferente la custodia compartida.

El Tribunal Supremo ha considerado que la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla, no tiene razones de peso como para poder desaconsejar la custodia compartida, considerando que la relación entre ambos progenitores no llega a una situación que imposibilite el diálogo. El TS determina que no se exige un acuerdo entre ambos progenitores sin que existan fisuras para poder adoptar el sistema de custodia compartida, pero sí se exige una actitud razonable y eficiente en favor del desarrollo del menor.

Por otro lado y según leemos aquí, el tribunal argumenta que ya que ambos padres son profesores universitarios, se ha de suponer que ambos cuentan con habilidades para el diálogo. Por tanto, se otorga la custodia compartida porque fomenta la integración del menor con ambos padres, se evitan los desequilibrios y el sentimiento de pérdida que el menor pudiera tener. Ambos padres no son cuestionados como tales, pero se estima que deben cooperar en beneficio del hijo.

Retomamos algunos de los mensajes que aparecían en las pancartas de la concentración antes citada, “Ni con mamá ni con papá, con los dos”, “No permitas borrar a papá de la infancia” o “Basta de hijos huérfanos de padres vivos”. En beneficios de los hijos los padres deben intentar llegar a un consenso, hay que dejar a un lado las diferencias y pensar exclusivamente en los niños, sólo así se puede alcanzar cierta armonía y que los niños puedan disfrutar de lo que ofrece cada uno de los progenitores gracias a la custodia compartida.

Foto | LifeSupercharger

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