Revista Cultura y Ocio

La ley de régimen local desfasada

Publicado el 28 febrero 2015 por Eosunao
LA LEY DE RÉGIMEN LOCAL DESFASADAEn la Transición todo estaba por hacer o rehacer. Cada conferencia, cada acto, cada comparecencia de un político era una ocasión de sacar entrevista o reportaje

Director general de Administración Local
«LA ACTUAL LEY DE RÉGIMEN LOCAL, DESFASADA»
«El Ministerio trabaja en una ley que contemple la nueva situación política y el mandato constitucional»
«Próximo decreto sobre constitución de nuevos Ayuntamientos»

 

El director general de Administración Local, al término del acto de entrega de distinciones concedidas por el actual Ayuntamiento cordobés celebrado en el Alcázar de los Reyes Cristianos, accedió de manera informal a contestar a algunas preguntas formuladas por los informadores presentes.
Vicente Capdevilla se refirió a la próxima «transición municipal».
—El Gobierno tiene preparado un decreto que el ministro de Interior llevará próximamente a Consejo de ministros en el que se regula el día de la constitución de los próximos Ayuntamientos y los trámites previos de las Corporaciones Locales actuales y donde se llenan esos huecos que de alguna manera deja la actual ley de Régimen Local.
ALCALDES Y TENIENTES DE ALCALDE
En este punto el señor Capdevilla dijo que «una vez constituidos los Ayuntamientos deberá el alcalde convocar sesión extraordinaria para fijar el régimen de sesiones de pleno y permanente, designar los tenientes de alcalde, representantes en patronatos, etc.». Todo esto se hacía antes en la sesión de constitución, pero ahora no será así porque esa primera sesión se dedicará a la elección de alcalde.
ENTES LOCALES Y ENTES REGIONALES
Respecto a posibles duplicidades de competencias entre los Ministerios de las Regiones e Interior en materia sobre todo de entes locales, provinciales y regionales, el director general de Administración Local manifestó que «lógicamente esta multicompetencia deberá ser estudiada por las Cortes y aprobar en su caso una nueva Ley de Régimen Local. La actual ley ciertamente está superada por la nueva situación política y es mandato constitucional que se apruebe mediante ley orgánica una nueva Ley de Régimen Local competencia exclusiva del Estada Se está trabajando en el Ministerio en este terreno y es previsible su próximo paso a Consejo de ministros. Esta nueva ley tendrá en cuenta la nueva situación política y hacer posible la autonomía que sobre Ayuntamientos y Corporaciones Locales proclama el artículo 137 de la Constitución.
HACIENDAS MUNICIPALES
El Ministerio lo que ha hecho —dijo el señor Capdevilla— es dejar en la mejor situación posible la economía de las Corporaciones Locales a través de los presupuestos de liquidación de deudas. Los recursos con que se alimenten las Corporaciones Locales serán uno de los grandes capítulos dé esta hueva Ley de Administración Local. Las autonomías sin una base económica serían como construir sobre arena
PRESUPUESTOS DE LIQUIDACIÓN ¿A FONDO PERDIDO?
Interrogado el señor Capdevilla sobre la posibilidad de declarar estos presupuestos de liquidación de deudas como a «fondo perdido», respondió que «es voluntad del Gobierno que estos presupuestos de liquidación de deudas, tanto los efectuados con cargo al Banco de Crédito Local como los que puedan concertar con Cajas o entidades de Ahorros, sean en sus amortizaciones anuales cubiertas con cargo a los fondos del Estado
».
E. OSUNA


 Publicado en las paginas centrales de El Correo de Andalucía el 22 de febrero de 1979

Foto tomada de su ficha de la Web del Congreso de Diputados

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