Revista Salud y Bienestar

La nueva Ley contra el fraude limita el pago en efectivo a 1.000 euros

Por Pedirayudas @Pedirayudas
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El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó recientemente la ley por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal. Que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego. Aprobada de forma definitiva el pasado 30 de junio en el Congreso de los Diputados, y que ha entrado en vigor el domingo 11 de julio.

La tramitación de la norma comenzó en octubre de 2020 con la aprobación del proyecto por parte del Consejo de Ministros. Pero que no fue votado por la Comisión de Hacienda, con competencia legislativa plena, hasta finales de mayo. Pasando al Senado, donde fueron introducidas nuevas enmiendas. Haciendo que el texto tuviera que volver al Congreso para que el Pleno decidiera si aprobaba o derogaba dichas modificaciones.

Cuales son las medidas principales a tener en cuenta

Entre las medidas contempladas en la ley, se incluye la limitación de los pagos en efectivo para determinadas actividades. Reduciéndolo de los actuales 1.500 euros a 1.000 euros en operaciones entre profesionales o empresarios, mientras que para particulares el límite es de 2.500 euros. Además, se reduce de 15.000 a 10.000 euros el límite para particulares con domicilio fiscal fuera de España.

La nueva ley también prohíbe las amnistías fiscales y amplía el listado de morosos publicado cada año por la Agencia Tributaria. Que rebaja de un millón a 600.000 euros el umbral de deuda para aparecer en la lista, e incluirá también a los responsables solidarios de la deuda.

Prohibición de los softwares de doble uso

Otra medida es la prohibición de los conocidos como softwares de doble uso, programas informáticos utilizados por las grandes compañías para manipular la contabilidad.

En concreto, el proyecto obliga a que los sistemas informáticos de los procesos contables se ajusten a criterios que garanticen accesibilidad a los registros y trazabilidad. Además de habilitar la posibilidad de someter los sistemas a certificación y establecer un régimen de sanción para quienes fabrican los sistemas o quienes lo tienen sin la debida certificación.

Asimismo, también se incluyen medidas para un mayor control sobre la tenencia y operatividad con criptomonedas. Estableciendo la obligación de informar sobre saldos y titulares de estas monedas, así como sobre las operaciones, ya sean adquisiciones, transmisiones, cobros o pagos.

Durante su tramitación en el Congreso fueron incorporadas al texto varias enmiendas relativas a diversas cuestiones fiscales, no necesariamente vinculadas a la lucha contra el fraude, entre las que destaca el permiso para que la Agencia Tributaria realice inspecciones sorpresa en domicilios.

En cuanto a las modificaciones introducidas en el Senado y posteriormente validadas por el Congreso, destaca la que reduce la tributación del impuesto de matriculación, al relajar de nuevo los criterios de emisiones que habían comenzado a aplicarse al entrar en 2021.

Otra enmienda introducida en el Senado establece el mantenimiento de las ventajas fiscales para la venta de bienes obtenidos mediante pactos sucesorios o herencias en vida. Siempre que se transmitan más de cinco años después de haberlos recibido en propiedad.

Críticas y oposiciones a la Ley anti fraude

Como viene siendo usual, cada ley nueva aprobada, cuenta con defensores y detractores. En el caso de la ley contra el fraude, la polémica ha surgido por parte de algunas organizaciones del sector empresarial, como ANGED, CEC, ACOTEX y FECE.

Estas organizaciones empresariales advierten de que se trata de un límite de pago en metálico muy bajo. Ya que pone en sospecha a los profesionales o empresarios por parte de la Agencia Tributaria cuando cualquier cliente realice compras en el comercio por valor superior a 1.000 euros.

El sector comercial advierte que España es uno de los países que menos preparados están para poner en marcha esta nueva medida. Y es que el 83% de las operaciones de compra por parte de los empresarios o autónomos son en efectivo. Según los datos obtenidos del Banco Central Europeo, lo que supone hasta diez puntos más que la media europea.

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