Revista Economía

La prestacion contributiva por cese de actividad entra en vigor mañana

Publicado el 05 noviembre 2010 por Daytrading2win
La prestacion contributiva por cese de actividad entra en vigor mañanaLos trabajadores autónomos podrán aumentar su cotización de forma voluntaria a partir de mañana para poder acceder en 2011 a la nueva prestación contributiva por cese de actividad que permite a los emprendedores cobrar el paro durante un máximo de doce meses.
La nueva Ley de prestación por cese de actividad se publicó en el Boletín Oficial del Estado hace tres meses y mañana entrará en vigor con el fin de dar por primera vez cobertura y protección social a los autónomos.
Los autónomos deberán solicitar a su Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social el reconocimiento del derecho a la protección por cese de actividad.
Se trata de una prestación voluntaria excepto para los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) y para los que tributan en actividades de riesgo, en cuyo caso la cotización es obligatoria.
Así, desde mañana, a todos los autónomos que tengan cubiertas las contingencias profesionales (accidentes de trabajo y enfermedades profesionales) se les aplicará si lo requieren de forma automática la nueva prestación de paro, incrementándose su cotización en un 1,7%.
La Federación de Autónomos ATA aseguró hoy, mediante un comunicado, que este aumento de la cotización se traduce en un incremento de la cuota mensual de unos 15 euros de media al mes.
ATA confía en que durante el primer año coticen por la nueva prestación un millón de autónomos y recuerda que hasta finales de 2011 no empezarían a percibirse las primeras prestaciones, puesto que se debe cotizar un mínimo de doce meses continuados.
La duración de la prestación estará en función de los períodos de cotización efectuados dentro de los 48 meses anteriores a la situación de cese de actividad de los que, al menos, 12 deben ser continuados e inmediatamente anteriores a la inactividad.
De esta forma cobrarán la prestación durante el máximo de 12 meses quienes hayan cotizado más de 48 meses, mientras que el plazo se reducirá a 8 meses para quienes tengan un período de cotización de entre 43 y 47 meses.
El período de cobro se irá reduciendo paulatinamente hasta dos meses para aquellos que hayan cotizado entre 12 y 17 meses, según figura en la ley.
Además se establecen mejoras en los plazos de percepción de la prestación para los trabajadores autónomos que hayan cumplido 60 años, hasta la edad en que puedan causar derecho a la pensión de jubilación.
El presidente de ATA, Lorenzo Amor, señaló, en la nota de prensa, que "se trata de un momento histórico en la mejora de la protección social" de los emprendedores y confió en que sea un "nuevo aliciente" para que surjan más autónomos.
(fuente:efe)

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