Revista Salud y Bienestar

La Seguridad Social rectifica en sus notificaciones del Ingreso Mínimo Vital

Por Pedirayudas @Pedirayudas

Desde hace algunas semanas multitud de solicitantes del Ingreso Mínimo Vital, nos alertaron de la recepción de diversos correos por parte de la Seguridad Social. A través de los cuales les indicaban que eran administradores de una sociedad mercantil o que superaban los limites patrimoniales, por lo que les notificaba que no se encontraban en una situación de vulnerabilidad.

Estos mensajes eran poco explicativos ya que ni indicaban denegación en si mismos, ni solicitaban documentación anexa a los demandantes para poder justificar su situación en caso de no encontrarse en el supuesto que el INSS indicaba. Tan solo exponía que la propia administración seguiría cotejando datos por segunda vez. Lo cual no hacia mas que generar confusión y frustración en los solicitantes de esta prestación.

Estos email comenzaron a enviarse masivamente semanas antes de que el Ministro Escrivá declarase que se ejecutarían modificaciones en el IMV y que ningún solicitante "quedaría sin respuesta", por lo que inicialmente el plazo de resolucion se ampliaba hasta finales de año, para resolver el enorme acumulado de solicitudes que desbordaba a la Seguridad Social.

¿Cómo planteaban esta ampliación?

Después de investigar nos topamos con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas por la que se rigen los procedimientos administrativos. A través del articulo 22 de esta ley, nos encontramos con la posibilidad de ampliar este plazo inicial de 3 meses para resolver expedientes. Extendiéndolo hasta un máximo de 3 meses mas, si la administración solicitaba documentación extra o bien al propio demandante del IMV o a otras administraciones. Que es justo el tiempo que prometió Escrivá en sus declaraciones.

Recientemente se publico el BOE que recogía las modificaciones para agilizar la tramitacion del IMV, a través del cual conocimos que este plazo se ampliaría gracias a la Ley 39/2015, de 1 de octubre y no debido a una extensión orgánica de este plazo.

Lo que nos lleva a entender observando la elevada cifra de notificaciones que envía el INSS, que cada vez que hayan solicitudes que estén próximas a expirar por el plazo previo de 3 meses. Siempre y cuando la seguridad social no haya tenido tiempo para resolverla, enviara automáticamente una notificación solicitando documentación anexa o bien al propio solicitante o a otra administración.

En este sentido valorando esta acción, aunque no es la adecuada, inicialmente esta logrando objetivos y teniendo en cuenta que modificar una ley conlleva un proceso mucho mas complejo y lento que ampararse en un procedimiento administrativo habitual. Esto en si mismo agiliza un tanto aunque no lo suficiente, la tramitacion de esta necesaria ayuda que claman tantas familias.

La seguridad social rectifica

Gracias a nuestros lectores y sus multiples avisos hemos podido confirmar que el INSS esta enviando masivamente notificaciones, confirmando a los demandantes del IMV que ni son administradores de la ya famosa sociedad mercantil, ni poseedores de un patrimonio que supere las cuantiás estipuladas, entre otras causas, siempre y cuando esos datos consten de forma correcta. Como podemos observar en la imagen, concretamente rectificando en el supuesto de sociedad mercantil.

La Seguridad Social rectifica en sus notificaciones del Ingreso Mínimo Vital

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