Estas son las claves de la reforma de las pensiones:
¿Cuál será la edad de jubilación legal? La edad de jubilación pasa de 65 a 67 años. El cambio será progresivo, desde 2013 a 2027. Es decir, en 2014 un trabajador se jubilará a los 65 años y mes y medio de edad, en 2015 a los 65 y tres meses y así sucesivamente hasta alcanzar la nueva edad de 67 al final del periodo.
Con el nuevo modelo, se crea una nueva jubilación que se denominará "voluntaria". Así, se fija que a los 63 años un trabajador se podrá jubilar sin más criterio que el de tener como mínimo 15 años cotizados y asumir una penalización por los años que le resten para los 67 años y que estará en función de su vida laboral. En general, se prioriza la vida laboral sobre la edad biológica en todos los parámetros del sistema.
¿Cómo y cuándo entrará en vigor la reforma?
El Gobierno establecerá un plazo transitorio de entre 10 y 15 años, situando entre 2013 y 2027, periodo durante el que se iría añadiendo algo más de mes y medio cada año a la edad legal de jubilación.
Todos los participantes en la negociación parecen de acuerdo en esta fórmula de asunción paulatina del nuevo sistema, que habrá que afinar ahora mucho más puesto que ya no sólo es la edad, sino el número de años cotizados lo que se tendrá en cuenta a la hora de la jubilación.
¿Quiénes se beneficiarán de las excepciones? La reforma contempla beneficios para los que tengan una dilatada carrera profesional. Así, podrán seguir jubilándose a los 65 años, con el 100% de la prestación, los que hayan cotizado 38 años y medio.
Esta fórmula permitiría jubilarse a los 65 años sin penalización alguna a algo más de la mitad de los trabajadores actuales. Así, quienes hayan comenzado a cotizar poco antes de los 27 años y no hayan visto interrumpida su vida laboral podrán seguir retirándose a los 65.
Está por ver si se toma en consideración la penosidad de algunos oficios.
¿Cuántos años hay que trabajar para cobrar el 1oo% a los 67? La nueva reforma plantea un mínimo de 37 años de trabajo para obtener el 1oo% de la pensión. La subida será también progresiva entre 2013 y 2027.
¿Cómo se hará el cálculo del cómputo de la pensión?
Actualmente, la pensión de jubilación se calcula tomando la media de los últimos 15 años de cotización del trabajador. La reforma incrementará ese plazo hasta los 25 años, aunque el cambio (que entraría en vigor a partir de 2013) no se hará de golpe, sino gradualmente: primero, se elevaría el periodo de cómputo a 20 años y posteriormente, hasta los citados 25 años.
¿Cuál es el periodo de cotización mínimo para acceder a una pensión contributiva?
Para acceder a una pensión contributiva será necesario haber trabajado 15 años en toda la vida laboral, y al menos dos de ellos durante los 15 años antes de jubilarse. Si no se ha cotizado durante ese periodo clave, cuando se calcule la pensión se utilizará la base mínima de cotización, es decir, aunque el trabajador haya tenido sueldos altos (y cotizacionesaltas), se le computará el mínimo.
¿Habrá prejubilaciones?
Así es, pero ahora la edad mínima será de 63 años, 61 si la persona ha cotizado al menos 30 años. Hasta ahora los trabajadores accedían al retiro a través del trámite del despido, pero con la reforma lo decidirán voluntariamente y necesitarán 33 años cotizados. Los coeficientes reductores que se les aplicarán no podrán superar el 42 % del total de la pensión, frente al 40 % que se aplica ahora.
¿Los periodos de becario cotizarán? El Gobierno permitirá contabilizar como parte de la vida laboral los periodos de becario, con un límite de dos años. Se está estudiando aplicar esta medida con efectos retroactivos que llegarían hasta quienes fueran becarios en 2007.
¿Las lagunas de cotización contarán? Los periodos dedicados al cuidado de hijos también contarán como años cotizados. Las personas que hayan dejado el trabajo para cuidar a sus descendientes podrán acumular como máximo dos años de cotización. En el caso de un hijo, cotizarán un año. En el caso de dos hijos o más, sólo acumularán dos años de cotización. Este cambio será retroactivo, pero aún no se conoce desde qué año.
¿Los trabajadores autónomos tendrán Derecho a la jubilación anticipada? A partir de ahora los autónomos podrán acceder a la jubilación anticipada a partir de los 61 años, siempre y cuando lleven al menos seis meses en el paro y con los correspondientes coeficientes reductores de su pensión, y a la llamada jubilación voluntaria a partir de los 63 años.