Te confieso que lo que yo buscaba era:Robo¹ de dos gallinas pena de prisión de 1 a3 años.Robo con guante blanco de millones pena de prisión de 1 a 3 años.
Al no ser reincidentes, si al primero le condenan a 2 años y un día, ingresaría en prisión, mientras que si al segundo le pusieran 2 años no llegaría a entrar en la cárcel. Y si por lo que fuera, le pusieran 3, siempre estaría el Gobierno de turno para que le indultara o saliera a los cuatro días por “buen comportamiento”, que de todo esto ni nos enteramos. ¿Recuerdas el caso de El Lute? ¿Y el caso del preso más antiguo de España sin delitos de sangre y que intentó fugarse 8 veces? ¿Es que no es racional intentar fugarse? ¿Que les complica la vida? Pues que espabilen, pero que no se ensañen.
¡Claro que no he encontrado lo que buscaba!, y mira que me he pasado tiempo leyendo los artículos del Código Penal de 1995. Ley Orgánica 10 de 23 de noviembre. Los delitos están en el Libro II, artículos 138 al 616. Las faltas están en el Libro III, a partir del artículo 617. Pero mira algunas cositas y compara (no pierdas de vista lo de no ingresar con 2 años o menos, la posibilidad de indulto y del buen comportamiento):
Artículo 139. El que matare a otro pena de prisión de 15 a 20 años.Artículo 142. Homicidio imprudente pena de prisión de 1 a 4 años.Artículo 145. 1. El que produzca el aborto fuera de la Ley pena de prisión de 1 a 3 años.Artículo 147. 1. El que causare a otro una lesión pena de prisión de 6 meses a 3 años.Artículo 156 bis. 1. Trasplante ilegal de órganos pena de prisión de 6 a 12 años.Artículo 174. 1. Tortura de la autoridad pena de prisión de 2 a 6 años.Artículo 179. Violación pena de prisión de 6 a12 años.Artículo 235. El hurto de cosas de servicio público pena de prisión de 1 a3 años.Artículo 284. 2. Ofrecer datos económicos falsos pena de prisión de seis meses a 2 o multa. 3. Engaños sobre instrumentos financieros pena de prisión de seis meses a 2 o multa.Artículo 286 bis. 1. Corrupción entre particulares pena de prisión de seis meses a 4 años, Artículo 298. 1. Blanqueo de capitales pena de prisión de seis meses a 2 años.Artículo 305. 1. Delito contra la Hacienda Pública pena de prisión de 1 a 5 años y multa x6.Artículo 311. Abuso a trabajadores situación necesidad pena de prisión de seis meses a 3 años.Artículo 341. Energía nuclear poner peligro vida o salud pena de prisión de 15 a 20 años.Artículo 390. 1. Autoridad o funcionario que falsee pena de prisión de 3 a 6 años.Artículo 399 bis. 1. Falsificar tarjetas de crédito pena de prisión de 4 a 8 años.Artículo 404. Autoridad que dictare resolución arbitraria pena de inhabilitación especial 7 a 10 años.Artículo 419. Autoridad recibiere dádiva (Cohecho) pena de prisión de 3 a 6 años.Artículo 428. Por tráfico de influencias autoridad o func. pena de prisión de seis meses a 2 años.Artículo 432. 1. Autoridad malversación de caudales pena de prisión de 3 a 6 años. 2.Malversación de especial gravedad pena de prisión de 4 a8 años.Artículo 436. Autoridad que cometiese fraude pena de prisión de 1 a 3 años.Artículo 446. El Juez sabiendas prevaricara (sent. injusta) pena de prisión de 1 a 4 años.Artículo 485. 1. El que matare al Rey o familia pena de prisión de 20 a 25 años.Artículo 540. Autoridad prohíba/disuelva reunión pacífica pena de inhabilitación especial 4 a 8 años.Artículo 557. 1. Alteren orden público lesiones a personas pena de prisión de seis meses a 3 años.
Hay varias cosas curiosas que nos hablan del tiempo del que venimos y en el que aún estamos. Si miras con un poco de detenimiento verás descompensaciones a favor de poderosos (políticos, ricos, funcionarios… gente de guante blanco, gente del Sistema) en contra de lo que pasa con el ciudadano de a pié. Aunque habla de inhabilitaciones para cargos públicos, en ningún momento se refiere a la devolución del valor de las cantidades sustraídas y reparación del daño. Al no ingresar en prisión si no eres reincidente, mucha de la gentuza que “la hace”, ni siquiera pasa por la cárcel. Tuve una amiga que en sus tiempos jóvenes, llevada por malas compañías se vio involucrada en un atraco a una gasolinera, y aunque luego fue absuelta, por el abandono de su abogado de oficio se tiró tres meses en preventivos. Pensé que le vendría bien “sanearse” de su adicción a las drogas, pero no sé como se las ingenió que aquello que debía ser “impermeable”… nada che, un desastre. Salió peor de lo que entró.
Es evidente que la Justicia no es una ciencia y añadiré que lo mejor y peor que tiene es su interpretabilidad (ductibilidad), pero esto que en principio podría favorecer la aproximación a una justicia más justa, acaba siendo injusta al favorecer a los fuertes (ricos y poderosos) y castigar a los débiles (los pobres).
¿Es la Justicia igual para todos? ¿Ha hecho la Justicia la transición a la democracia? ¿No es muy lamentable lo que estamos viendo que hace la Justicia actual? ¿Legislan los políticos “para los demás” y ellos se salen de rositas? ¿Cómo es la Justicia para los jueces? ¿Por qué no se castiga de verdad una sentencia cuando deja de ser sólo técnica y transmite carga ideológica? ¿Es “nuestra” Justicia un cachondeo como dijo alguien? ¿Para cuando una legislación específica para políticos? Mira que el político que delinque tiene más responsabilidad... ¿Llegará el día en que los políticos se hagan en Las Cortes una Ley justa para sus desmanes? ¿Está basada la Justicia en dos cuestiones?: 1. Si hay acuerdo, menos trabajo, ya os apañaréis. 2. Entramos en la cuestión cuando interviene la prensa. Claro, es el pragmatismo, pero ¿no es lamentable? Es que estamos hablando de la JUSTICIA, no de cualquier cosa.
Y ahora, esta gentuza troglodita, miedosa y pragmática (los conservadores) van a incluir en el Código como delito la “violencia” callejera. Si quemas una papelera, delito; si es un contenedor, delito; si le tiras una botella al policía que te ha zurrado con la porra, delito también… Si el policía no lleva identificador como señala la normativa o si se propasan con menores que cortan el tráfico, pues no pasa nada. El poder tiene todos los derechos, los ciudadanos sólo obligaciones. ¿Pero esto qué es?
Ahora que ya tienes una idea de lo que pretendemos con esta reflexión, si eres profesional del Derecho espero nos eches una mano para tenerlo más claro. Cuéntanos cosas, por favor.
¹ El primero sería hurto, el segundo estafa, fraude, apropiación indebida, malversación de fondos o simplemente corrupción. Pero para el caso no importa.
Caña a “nuestra” Justicia que por desgracia sigue siendo injusta.
LOS COMENTARIOS (1)
publicado el 24 julio a las 15:25
Sabemos que no hay justicia, la justicia en españs esta en crisis siempre lo ha estado.gracias.