Revista Salud y Bienestar

Llevo 365 días de baja, con incapacidad temporal ¿qué tengo que hacer ahora?, la Seguridad Social lo aclara

Por Pedirayudas @Pedirayudas
Llevo 365 días de baja, con incapacidad temporal ¿qué tengo que hacer ahora?, la Seguridad Social lo aclara Cómo calcular la cuantía a cobrar por una incapacidad temporal La Seguridad Social explica cómo podría proponerte una pensión de incapacidad permanente Esto es lo que debes tener en cuenta si te vas a jubilar con una incapacidad permanente

Dentro del procedimiento de incapacidad temporal, uno de los momentos clave se produce al alcanzar los 365 días de baja, toda vez que en dicho momento, el control de la incapacidad pasa al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

En este artículo vamos a comentar una duda resuelta por la Seguridad Social a través de su perfil de Atención a la Ciudadanía de Twitter.

Duda a través del perfil de Twitter

#Duda. LLevo 365 días de baja, con prestación por IT ¿qué tengo que hacer ahora?
👉Tienes que solicitar el pago directo de la prestación en el INSS o mutua. Recibirás una resolución del INSS en la que se determinará si procede continuar en IT y cuánto tiempo o si procede el alta.

- Atención a la ciudadanía de @inclusiongob (@incluinfo) January 13, 2022

Llevo 365 días de baja con prestación por Incapacidad Temporal ¿qué tengo que hacer ahora?

Durante los primeros 365 días de baja médica, como regla general el pago es delegado. Sin embargo, si la incapacidad temporal se alarga más allá de un año, a partir del día 366 pueden darse diversas circunstancias donde prima el pago directo.

Propuesta de Incapacidad Permanente

Si se inicia un expediente de incapacidad permanente, el pago delegado se convierte en pago directo. Ello significa, que es el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) o la Mutua los que abonan directamente al trabajador la cuantía de su prestación sin que la empresa sea una intermediaria.

Este pago directo no finalizará hasta que haya una notificación que dicte si se concede la incapacidad o se da el alta médica.

Alta médica

Si la baja de más de un año acaba con el alta médica, se suspende definitivamente el pago delegado y habrá un pago directo durante unos días. En ese pequeño periodo, entre la fecha oficial del alta y su comunicación al interesado, habrá un pago directo de la mutua o del INSS.

Prórroga hasta 18 meses

Si, después de 12 meses de incapacidad temporal, la Seguridad Social se inclina por otorgar una prórroga de seis meses más (hasta los 18), también el pago delegado se sustituye por pago directo. Concretamente, la obligatoriedad del pago delegado cesa el último día del mes en el que el INSS declare la extensión de la baja.

Información adicional:


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