Revista Jurídico

Lo humano en el derecho

Por Jrnh

Por José Ramón Narváez H.   Podría parecer una obviedad el decir que el derecho tiene que ver con lo humano, pero curiosamente no lo es, tan no lo es que insistimos en crear mecanismos denominados humanos para enfatizar que el derecho debería ocuparse del tema, y es que en realidad por mucho tiempo el derecho se ha ocupado de muchas cosas menos de los humano. Los ejemplos podrían multiplicarse, desde el derecho civil que trata de patrimonios, hasta el derecho constitucional que trata de normas de altísima jerarquía. Claro que se podría argumentar que en el núcleo del derecho siempre hay una preocupación por lo humano pero lo cierto es que en la práctica se habla más bien de un sujeto abstracto más que de un sujeto empírico, utilizando la clásica expresión de Foucault, es decir, no se habla de sujetos de carne y hueso sino de comprador, padre de familia, ciudadano, etc. Y tan no conocemos lo humano que al derecho le han repugnado temas antropológicos, psicológicos y sociológicos, constituyéndose estos saberes como periféricos o de apoyo para otros que considera más preponderantes como el derecho legislativo o el procesal. Se trata de una postura formalista que poco tiene que ver con el humanismo que si es tangible en otras áreas del conocimiento humano. ¿Qué es entonces lo humano? Es en principio el tema más complejo, quizá el más antiguo y debiera ser el más recurrente. Lo humano es todo aquello que se dice o corresponde al ser humano, y eso es, como podrá entenderse algo muy difícil de determinar y sin embargo, es una cuestión que no puede desestimarse y ciertamente es una labor que la ciencia jurídica no ha realizado. Pongamos un ejemplo para demostrar lo que estamos diciendo: La garantía de audiencia es una de las instituciones con más prosapia y arraigo en Occidente, esto supone que toda persona debe ser presentada a un juez después de ser acusada, el tiempo varía de sistema en sistema y de tiempo en tiempo, pero la idea es que sea un periodo breve ¿cuál son las razones de esta “regla”? podríamos esgrimir que se trata de la prescripción de “principios” tales como el estricto derecho o de “valores” como la seguridad jurídica; pero todas estas sería respuestas parciales y formales porque en el fondo lo que debería responderse porque eso es lo que corresponde a un ser humano, pero esta respuesta nos lleva a otras preguntas como por ejemplo ¿porqué 72 horas? Y la única respuesta posible aquí sería “porque lo dice la ley” aunque en realidad es una respuesta arbitraria en términos humanos ¿Qué acaso es más humano o un periodo de 72 horas que uno de 70 o 140? Tal vez la respuesta más humana es que el término debiera depender de cada persona y de la afectación (reversible o no) que pudiera sufrir con un plazo mayor, pero el derecho (o mejor aun la ley) no puede hacer distinciones, debe ser general y abstracta y lo humano sigue siendo relegado, quizá en el ámbito judicial pueda existir un poco de mayor flexibilidad frente a casos específicos donde se deba hacer excepciones a las reglas, finalmente la ley y el derecho debieran estar en beneficio del ser humano, y no nos referimos a las pretensiones de uno u otro ser humano en particular, sino de cualquier ser humano, la cuestión es que esto supone un acuerdo sobre qué es lo más conveniente para un ser humano estándar y así se construyen más o menos las reglas, pero cualquier variante por razones de equidad debe ser ajustada en la práctica.Lo humano en el derecho  Supuestamente ahora del artículo 1º de la CPEM se deriva que las “normas de derechos humanos se interpretarán…favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia” norma que es vinculante a cualquier autoridad (incluidos los jueces) a esto que se le conoce como principio pro persona supone que cualquier acto de autoridad debiera ponderar que norma es más favorable o en otros términos, cuál supone más humanidad. Y lo humano tiene que ver con lo social, con la cultura, con las artes, con la biología, con la política, casi con todo; y la ciencia jurídica sigue empantanada dando respuestas formales en tanto que busca fórmulas que resuelvan los problemas jurídicos que son problemas entre seres humanos. Claro está que esto supone grandes retos y sobre todo una cultura distinta cualquier problema de índole jurídica debiera ser resuelto respondiendo en el sentido esto es más humano que esto otro. Ya de por sí el derecho suele ser algo inhumano en tanto que limita muchas de las dimensiones del ser humano, su vida y su libertad en principio, y los operadores del derecho se afanan aun más por volverlo inhumano hablando de reglas, procesos y números de expedientes ¿cómo entonces devolverle esa dimensión humana? Porque humana es también la búsqueda de la felicidad, el amor, la nostalgia, el buen trato a los demás. Lyotard haciendo referencia al relato de Kafka llamado “La Colonia penal” refería a la característica que tiene el derecho para marcarnos, en el cuento los condenados por el derechos, o sea, cualquiera, es atado a una máquina que le realiza un tatuaje en la piel de acuerdo al delito que ha cometido, para el filósofo se trata de una metáfora, el derecho nos marca de por vida, nos deja un tatuaje que morirá con nosotros ¿cómo entonces cambiar esta imagen negativa de un derecho que somete, que marca y que limita?, ¿cómo hacerlos acorde a una cultura que habla de libertades y derechos, de beneficiar al máximo a la personas? Parece una esquizofrenia, por un lado el discurso inclusivo y extensivo y por otro, conductas limitadoras y desconfiadas del otro.  Incluso a este punto una pregunta compleja: ¿es más humano desconfiar o confiar de los demás? La respuesta lleva implícita una postura y una actitud que podríamos denominar ética, lo cierto es que esta respuesta si se quiere asumir con responsabilidad lleva a reflexionar seriamente sobre la vida, en fin, a hacer filosofía; entonces lo humanos tiene también que ver con la filosofía y en especial con la ética, se trata no sólo de resolver la cuestión de qué es más humano sino también de cómo nos comportamos los humanos frente a otros y aquí parece ya rebasado el viejo prejuicio de que una cosa era derecho y otra la ética porque ahora al ocuparse el derecho de lo humano, debe ocuparse también y sobre todo de la ética; la pregunta y la respuesta sobre lo humano de hecho cae en el campo de la prudencia, porque depende de las circunstancias específicas la postura que ha de asumirse como ser humano, justo para seguir existiendo como tal,  porque hay muchos humanos con conductas inhumanas, paradójicamente así que lo humano no es sólo lo que los humanos hacen sino lo que nos hace mejores seres humanos, ciertamente no es fácil asegurar de qué cosa es lo mejor en cada caso, pero seguramente no es una pregunta a la que podamos renunciar si queremos seguir siendo seres humanos.Lo humano en el derecho   El cine nuevamente nos sitúa en una serie de perspectivas sobre lo humano, sobre todo aquellas películas de robots en las que dialécticamente se plantea que significa ser humanos, los robots buscan afanosamente convertirse en humanos, así en filmes como Yo robot, Hombre Bicentenario, Astroboy, por citar algunas, los humanos están alienados por la tecnología y los robots en cambio, descubren que la solidaridad, el sacrificio y la esperanza son cuestiones por las que vale la pena vivir. El cine y la literatura pueden darnos muchos elementos para descubrir esos sutiles contornos sobre la humanidad, pero podríamos decir que la realidad social misma es un laboratorio listo y dispuesto a darnos grandes enseñanzas, la cuestión es ahora aprender a leer esos contextos a los que no estamos acostumbrados a pesar de vivir en ellos.   Lo humano en el derecho  

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