Hoy recibí este artículo por medio de la red de periodistas en la que participo (PAR, periodistas de Argentina en Red. http://www.redpar.com.ar/). Comparto.
11 PMLs (Puntos Minimos Legales) para ser un/a blogger sin mayores roches/problemas
El dia de hoy se celebra el BlogDay, asi que pensando en un aporte para este día, he tratado de recopilar algunos “PMLs” (Puntos Minimos Legales).
1. El principio básico de la blogosfera y de la Sociedad de la Información es el compartir. En este compartir el blog es de los mecanismos mas idóneos. Recuerda que este compartir está signado por la libertad de información y de expresión, y tambien por el irrestricto respeto por los derechos de otros (los mismos que se encuentran en la Declaración Universal de Derechos Humnaos).
2. En el diálogo se encuentra la verdad, y tienes que ser claro al dar los marcos para dicho diálogo, en especial en los comentarios a tus “posts”. Si bien son hechos por terceros, si tú tienes administración de los mismos, tienes conocimiento y posiblemente responsabilidad sobre ellos. Si no los controlas, debes tener mecanismos de eliminación en caso de afectación de derechos de terceros.
3. Tu blog es tuyo , en todo sentido. Los contenidos que produces son de tu autoría, aun cuando puedas tener fuentes (las que debes citar o referenciar). La responsabilidad de los post es tuya. Tambien son tuyos los contenidos, asi que si no indicas explicitamente que pueden ser referenciados o utilizados por terceros, la protección de derechos de autor los resguarda. Haz una declaración en algún sitio de tu blog si quieres que tus contenidos sean o no sean utilizados por otros, y como quieres que los referencien.
4. El Blog de otros es de ellos , así como tus contenidos son tuyos, los contenidos, imágenes, videos, marcas, signos, etc, de otros blogs es de ellos. Muchos indican como utilizar sus contenidos, si debes o no debes pedir permiso. En caso que no veas una indicacion sobre el mismo escribele al autor, pero siempre avisale o referencia de donde obtuviste una información.
5. Se consciente que aún colocando un contenido en un país X, si tu contenido termina afectando a alguien en un país Y, y en ese país Y las normas jurídicas refieren algo sobre el tema, puedes verte afectado. La ley también sirve para protegerse en caso que otros busquen censurarte.
6. Los datos personales de los que hacen comentarios debes resguardarlos, no utilizarlos para spam o para fines diversos que los de haberse referenciado para hacer un comentario.
7. Si tu blog es institucional, recuerda que la responsabilidad es de la institución. Si es de un negocio recuerda que las reglas de competencia también le aplican y también las reglas sobre defensa al consumidor. Sé veraz en tus posts, que las reglas de defensa al consumidor y de competencia se te aplican.
8. La Xenofobia, La Discriminación, el Racismo y la Apología del Terrorismo, estan penados en la mayoría de países, ten cuidado de que tus comentarios no puedan ser tomados como tales, puesto que estarías incurriendo en un delito.
9. Hay usuarios de la red que son menores de edad, para lo cual te recomendos que sigas las pautas del Memorandum sobre la protección de datos personales y la vida privada en las redes sociales en Internet, en particular de niños, niñas y adolescentes
10. Trata, en la medida de lo posible, de tener una nota sobre las reglas de tu blog, de modo tal que todo usuario que lea o haga comentarios sepa claramente las reglas de juego del mismo. Esto los protege y te protege en caso de responsabilidad.
11. El Internet no es un espacio sin Ley, le son aplicables la mayoría de la legislación que se encuentra en el “mundo físico”. Si bien antes los jueces tenian resistencia a enfrentar estos problemas, nuevas generaciones de jueces, fiscales y abogados, estan demostrando que no son dos mundos separados sino que le Internet no es mas que un reflejo del mundo no digital.
Ya bueno, si aun con estas reglas básicas te encuentras en aprietos, pa’ que estan los abogados
Erick Iriarte AhonJefe de Area de Nuevas TecnologiasIriarte & Asociadoshttp://www.iriartelaw.com