CONCEPTO DE SISTEMA JURÍDICO:
Es el conjunto de instituciones gubernamentales, normas jurídicas, actitudes y creencias vigentes en un país sobre lo que es el derecho, su función en la sociedad y la manera en que se crea o se debería crear, aplicar, perfeccionar, enseñar y estudiar.
Para García Máynez, el sistema jurídico es el conjunto de normas jurídicas objetivas que están en vigor en determinado lugar y época, y que el estado estableció o creo con objeto de regular la conducta o el comportamiento humano.
Se ha definido el sistema normativo como sistema deductivo que tiene consecuencias normativas, para lo cual es necesario que en la base el sistema se figure por lo menos un enunciado normativo. Se plantea ahora el problema de la definición del sistema jurídico, como subclase de sistemas normativos.
“El procedimiento habitual consiste en definir el sistema jurídico a partir de la norma jurídica, es decir, primero se da una definición de norma jurídica” (Cervantes). Caracterizando su esencia o naturaleza, y luego se define el sistema jurídico como el conjunto de las normas jurídicas. De tal manera resulta que un sistema es jurídico porque contiene normas jurídicas.
Cuando se nos habla de sistema jurídico, viene a nuestra mente la idea de que es algo ordenado y dinámico, porque la primera vez que escuchamos este término, fue cuando, nos explicaron que los científicos Ptolomeo, Copérnico y Kepler concebían al sistema solar como un orden universal en torno el cual giraban los astros; Ptolomeo decía que el sol era el centro del universo, pero la revolución copérnica lo falseo y sostuvo que la tierra tenía los movimientos de rotación y traslación; en este sentido, la explicación del concepto del sistema solar es muy discutible científicamente.
De acuerdo, con lo anterior, el sistema jurídico es un orden cuyo origen es la norma hipotética fundamental, creada por a conciencia social de obediencia, por voluntad o conveniencia, de donde deriva todo aquello que significa deber ser y que por la imperatividad del estado creador de la norma legislada, académicamente se le explica en forma jerárquica, con la figura geométrica de la pirámide.“El sistema jurídico es un orden de principios, reglas y postulados, que Marío de la Cueva concebía como el ideario de un pueblo plasmado en la constitución” (Martínez Pichardo José), de donde derivan todas aquellas leyes y disposiciones normativas que integran el sistema jurídico, conocido también como estado de derecho, de donde se comprende como lo dice Savigny, que las normas especiales deben pensarse como derivadas de normas generales.
Por lo tanto, el ordenamiento jurídico o sistema jurídico, presupone la existencia de una norma fundamental de donde derivan todas las normas que rigen a una sociedad, la que las ha ordenado como una unidad sistemática que articula en forma sociedad, la que las ha ordenado como una unidad sistemática que articula en forma lógica a la totalidad de normas; aquello que no cumple con el sistema jurídico, está fuera de orden y debe ser sancionado, si es que hablamos de derecho vigente. Al estudiar al ordenamiento normativo, Kelsen distingue dos sistemas, el estático y el dinámico. Por sistema estático Kelsen entiende aquel en el que las normas están relacionadas entre sí, como las proposiciones en un sistema deductivo, es decir por el hecho de unas se deducen de las otras, partiendo de una o más normas originarias de carácter general, que tiene la misma función que los postulados y axiomas en un sistema científico.
Sistema dinámico, en cambio, es aquel en el que las normas que lo componen se derivan unas de otras, a través de una delegación sucesiva de poder, no por medio de su contenido, sino de la autoridad que las ha creado: una autoridad inferior se deriva de una autoridad superior hasta llegar a la autoridad suprema que no tiene otra autoridad sobre sí. En otras palabras, se puede decir que en este tipo de ordenamiento normativo, la vinculación entre las diferentes normas, no es material sino formal.
Un ejemplo de sistema estático es aquel postulado por santo Tomas, quien concibe que de la ley divina deriva la ley natural, de la ley natural la ley humana y, de ésta ley la civil y así sucesivamente. Como ejemplo de sistema dinámico del orden normativo, esta nuestro sistema constitucional, ejemplo de sistema dinámico del orden normativo, esta nuestro sistema constitucional, representado por la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, en cuyo artículo 133, contiene el sistema jerárquico nacional, federalizado, al referirse a la misma carta magna y a las constituciones de los estados en los términos siguientes:
Artículo 133: Esta constitución, las leyes del congreso de la unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la república, con aprobación del senado, serán la ley suprema de toda la unión.
Los jueces de cada estado se arreglaran a dicha constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados.www.millerpumarios.net.ms