El derecho de pernada fue una ley (escrita o no) que permitía a los señores feudales, o señoritos terratenientes, disponer de la esposa de uno de sus vasallos durante la noche de bodas. Si bien este hecho, para la Europa feudal, tiene más de leyenda que de realidad, en Sudamérica hubo, y aun persisten, casos reales documentados. La “Marca España” de siglos pasados dejó cicatrices y señas. Cuando alguien, con malas intenciones, adquiere la potestad de decidir sin ser juzgado ni rebatido, el resultado es bestial. Querer no es poder, no, como dice el oscuro personaje Cersei, en una antológica escena de Juego de Tronos: “Power is power”.
El derecho de pernada del mes de mayo es la nueva Ley de Telecomunicaciones, con la que se podrá expropiar una azotea si deciden colocar una antena de telefonía… porque sí. Lo quieras o no, y sin ver ni un euro, allí estará. Lo dice la ley. Y a quien le preocupen las radiaciones, que se aprenda el discurso oficial de “son totalmente seguras, hasta que se demuestre lo contrario”.
¿Se puede afirmar que las antenas de telefonía provocan afecciones, o generan cáncer? No, no a día de hoy, mientras falte consenso, a pesar de que algunos estudios que no están pagados directamente por las empresas de telecomunicaciones o gobiernos, arrojan cifras en las que se pueden hasta triplicar los casos de cáncer. Como afirmó Javier Egea en 2002, de Ecologistas en Acción: “No podemos asegurar rotundamente que los cánceres que aparecen sean consecuencia directa de las radiaciones de las antenas, pero nadie puede negarlo tampoco. Como los efectos de estas radiaciones aparecerán a medio y largo plazo, no nos parece decente seguir como estamos para, dentro de quince años, lamentarnos por lo que deberíamos de haber hecho. “.