Revista Empresa

Modelo contrato leasing

Por Cruzygalan
MODELO CONTRATO LEASING El contrato de leasing o arrendamiento financiero es un acción contractual de operación de crédito a medio o largo plazo, que un banco u cualquier otra entidad financiera que brinde este servicio, otorga a una empresa industrial, comercial, o de prestación de servicios, con la finalidad de facilitar a estas últimas la posibilidad de poder modernizar sus equipos, maquinarias o instalaciones para tener mejores niveles de eficiencia y productividad.
¿Qué bienes pueden ser objeto de un contrato de leasing?
Los bienes que pueden ser objeto de un contrato de leasing son los bienes muebles e inmuebles, conforme a las categorías jurídicas tradicionales de nuestro país.
Económicamente es muy usual hablar de bienes de capital o de bienes de equipo para designar a los bienes corporales, de naturaleza mobiliaria o inmobiliaria y comercializable, cuya función está en  participar en la explotación de una empresa.
Respecto a los bienes de capital la doctrina ha establecido que son aquellos bienes destinados a la explotación económica.   ¿Cuáles son los elementos personales de un contrato de leasing?
El contrato de arrendamiento financiero incluye tres elementos personales:
  • El arrendador: Posee el objeto en arrendamiento y tiene legitimación sobre el bien.
  • El dador o proveedor: debe ser una entidad financiera o una sociedad que tenga por objeto operaciones financieras.
  • El arrendatario: recibe el objeto en arrendamiento.
  Forma del contrato de arrendamiento financiero
Normalmente estos contrato se celebra por escrito y  cuando el arrendamiento tiene un plazo mayor a seis años debe otorgarse una escritura pública.   ¿Cuál es la duración del contrato de leasing?
Cuando el bien objeto del contrato es un bien mueble (maquinaria, mobiliario, ordenadores) la duración mínima del contrato de leasing es de dos años.
Po otro lado la duración mínima es de 10 años cuando el objeto del contrato sea un bien de tipo inmobiliario (terrenos, construcciones).

Obligaciones y derechos de las partes
Arrendatario
  • Pagar la renta.
  • Usar debidamente el bien u objeto.
  • Conservar el bien u objeto.
  • Avisar de las reparaciones necesarias y de las novedades dañosas.
Arrendador
  • Entregar el bien al arrendador en perfecto estado.
  • Conservar el objeto o bien en buen estado y responder de  los vicios o defectos ocultos del bien arrendado.
  • Garantizar el uso del objeto durante la duración del contrato.
  • Recibir o exigir la renta acordada en el contrato.
  Ventajas y desventajas del contrato de leasing    Entre las principales ventajas del contrato de leasing tenemos:
  • Posibilidad de financiar el 100% de la inversión en leasing.
  • Se mantiene libre la capacidad de endeudamiento del cliente.
  • Flexible en plazos, cantidades y acceso a servicios.
  • Permite conservar las condiciones de venta al contado.
  • La cuota de amortización es gasto tributario, por lo cual el valor total del equipo salvo la cantidad de la opción de compra se rebaja como gasto, en un plazo que puede ser menor al de la depreciación acelerada. La empresa así, puede obtener importantes ahorros tributarios.
  • Mínima conservación del capital de trabajo.
  • Oportunidad de renovación tecnológica.
  • Rapidez en la operación.
  • El leasing permite el mantenimiento de la propiedad de la empresa. En caso contrario (sin leasing), si en una actividad comercial se requiere una fuente de inversión para nuevos equipos, es frecuente que se haga el financiamiento del proyecto con aumentos de capital o emisión de acciones de pago, lo que implica, en muchos casos, dividir la propiedad de la empresa entre nuevos socios reduciéndose el grado de control sobre la compañía.
Las principales desventajas del contrato de arrendamiento financiero son:
  • A veces al final del contrato, se accede a la propiedad del bien, al ejercer la opción de compra.
  • No permite entregar el bien hasta la finalización del contrato.
  • Existencia de cláusulas penales previstas por incumplimiento de obligaciones contractuales.
  • Mayor coste a veces que el de otras formas de financiación, cuando se producen descensos en los tipo de interés.
Limitaciones en estos contratos.   Los arrendatarios no podrán transmitir ni transferir los bienes objeto del contrato de arrendamiento financiero, ni perfeccionar garantías reales sobre ellos por obligaciones contraídas, ni podrán incluirlos dentro de la masa de bienes en eventos de insolvencia, disolución, quiebra, liquidación o proceso de reorganización de obligaciones. El arrendador podrá obtener la indemnización de los perjuicios que le causen dichas acciones  o actos de terceros, sin perjuicio de las sanciones penales que existan.     CONTRATO DE LEASING DE EQUIPOS INFORMÁTICOS
REUNIDOS
De una parte,
D/ Dña ………………………………………… en representación y en su calidad de ………………………. con domicilio en …………………….. , calle …………………. nº …. y con C.I.F. núm. ……………………., (el arrendador)
Y de otra,
D./ Dña ………………………………………… en representación y en su calidad de ……………………, con domicilio en …………………….. , calle …………………. nº …. y con C.I.F. núm. ……………………. (en adelante, el arrendatario.
Ambas partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para intervenir en este acto, así como el carácter y representación con que respectivamente lo hacen y, al efecto,
EXPONEN
El arrendador es el propietario de los equipos informáticos designados en el presente contrato y se dedica profesionalmente al arrendamiento de los mismos (en adelante, leasing informático). Para la prestación de sus servicios cuenta con los medios organizativos y técnicos necesarios para su desempeño.
Que el arrendatario está interesado en recibir por parte del arrendador la prestación de dichos servicios en los términos y condiciones designados en el presente contrato, arrendando los equipos informáticos descritos en el Anexo I (en adelante, los equipos), con la opción de compra de los mismos una vez finalizada la vigencia del presente contrato, y abonado su valor residual.
Que el arrendador tiene interés en ceder el uso y disfrute de los equipos informáticos de su propiedad al arrendatario basando dicha relación jurídica en el modelo de arrendamiento financiero (en adelante, leasing). Siendo aquel el proveedor de los equipos informáticos (en adelante el proveedor)
De acuerdo con lo expuesto, ambas partes de mutuo acuerdo suscriben el presente CONTRATO DE LEASING, de acuerdo con las siguientes,
CLÁUSULAS
I. OBJETO
El presente contrato tiene por objeto regular la relación jurídica entre las partes a la hora de establecer los términos del arrendamiento de equipos informáticos con opción de compra y en los que tiene interés el arrendatario para utilizarlos en (INDICAR EL FIN PARA EL QUE VAN A SER UTILIZADOS), a cambio de una contraprestación económica, tal y como se fija en los términos de este contrato, quedando abierta para el arrendatario la opción de compra de dichos bienes informáticos una vez finalizado el presente contrato, ejercida la opción de compra tras el abono de su valor residual.
II. OBLIGACIONES DEL ARRENDADOR
El arrendador garantiza que es el único y exclusivo titular de los equipos, siendo originales los programas, aplicaciones informáticas, y demás que pudieran ser objeto de arrendamiento, estando exentas de cargas o gravámenes de cualquier naturaleza o clase.
El arrendador se compromete a hacer entrega en perfecto estado, y en las instalaciones del arrendatario, de los equipos y todos los programas, documentación así como todos aquellos definidos en el Anexo I del presente contrato.
El arrendador otorga al arrendatario el derecho de opción de compra de los equipos una vez finalice el presente contrato. A este tiempo el arrendatario podrá optar entre la devolución de los equipos o su adquisición, tras el abono de su valor residual.
El arrendador transmitirá la propiedad de los equipos al arrendatario en las condiciones establecidas en el presente contrato en el caso de que éste decida ejercitar la opción de compra una vez transcurrido el periodo establecido en el presente contrato y siempre y cuando no se haya incurrido en el impago de ninguna de las cuotas pactadas.
III. OBLIGACIONES DEL ARRENDATARIO
El arrendatario se compromete a cumplir con las condiciones económicas fijadas en el presente contrato como contraprestación por el servicio prestado por parte del arrendador.
El arrendatario permitirá en todo momento al acceso del arrendador para la prestación del servicio tantas veces como sea necesario para la comprobación y verificación del cumplimiento del presente contrato, así como para el traslado en su caso de los equipos al fin del presente contrato.
El arrendatario tiene derecho a ejercer su derecho de opción de compra siempre que no se hubiera producido ningún impago de las cuotas a su cargo. Para el posible ejercicio de dicha opción de compra las partes establecen la cantidad de ……€ (…… euros) como valor residual que se hará efectiva en el momento de ejercer la opción.
El arrendatario facilitará al arrendador toda la información que fuera necesaria para que este pueda prestar sus servicios, eximiendole de toda responsabilidad en el caso de que se produjeran retrasos  causados por el arrendatario.
El arrendatario se compromete a respetar y proteger los equipos, que pertenecen y son propiedad del arrendador durante toda la duración del presente contrato, estableciendo para ello las medidas organizativas y técnicas que resultaran necesarias, y a no ceder, subarrendar, facilitar o permitir el acceso por ningún medio a cualquier tercero sin el previo consentimiento expreso y por escrito por parte del arrendador.
En ningún caso el arrendatario dará un uso abusivo, que objetivamente facilitara su deterioro o que por cualquier circunstancia fuera distinto a las finalidades típicas descritas en el presente arrendamiento. El arrendatario se hace exclusivo responsable de todos los daños, perjuicios o responsabilidades que pudieran producirse o derivarse de dichas actividades.
El arrendador es el único responsable de la modificación o actualización de los equipos, por lo que el arrendatario se abstendrá de llevar a cabo cualquier acto de modificación o actualización de los mismos sin el consentimiento expreso y por escrito del arrendador.
El arrendatario se compromete a embalar y dejar los equipos listos para su traslado al momento de extinción del presente contrato en el caso de no querer abonar la cuota residual de los equipos necesaria para su adquisición, permitiendo al arrendador acceder a las instalaciones a fin de permitir el traslado de los equipos.
IV. DURACIÓN Y CONDICIONES ECONÓMICAS
El presente contrato entrará en vigor el mismo día de su firma. La duración del mismo será de ………. meses  salvo extinción del contrato por cualquiera de las causas fijadas en derecho o en el presente contrato, o por la solicitud fehaciente y por escrito de cualquiera de las partes con .…días de antelación.
El precio a abonar por parte del arrendatario como pago por la prestación del servicio prestado equivale a …………… € (………………………euros) mensuales, que deberán ser abonados el primer día del mes natural. Este precio no incluye el IVA.
Dicha cantidad será abonada mediante domiciliación bancaria en la cuenta ………………………………………… de la entidad ………………………………………….
V. CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
Todos los documentos, informaciones, acuerdos, contratos y precontratos, quedando incluidos los correos electrónicos y todo tipo de comunicaciones para la realización de este contrato, así como cualquier conocimiento o información que pudiera tenerse sobre cualquiera de las dos partes o sus actividades son información completamente confidencial, por lo que deberá ser tratada con el más absoluto de los secretos, aun extinguida la relación contractual.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que sus datos personales quedarán incorporados y serán tratados en los ficheros de ambas partes, con el fin de poder mantener la presente relación contractual. Le informamos de la posibilidad de ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre sus datos de carácter personal solicitándolo por escrito junto a una fotocopia de su DNI en la siguiente dirección indicada en la cabecera del presente contrato.
VI. PROPIEDAD DE LOS BIENES
En reconocimiento de la propiedad que a la parte arrendadora corresponde sobre los bienes que son objeto del presente contrato, el arrendatario se obliga a proclamar que estos bienes son propiedad de la Sociedad de Leasing ante quien proceda, en todo tipo de supuestos, muy principalmente en el de embargo por un tercero o inclusión de los mismos en la masa con ocasión de un juicio universal o cualquiera otro de idéntica naturaleza.
De igual forma el arrendatario se compromete a comunicar a la Sociedad de Leasing cualquier evento que pueda poner en riesgo la propiedad que le corresponde sobre los bienes objeto del presente documento.
VII. RESPONSABILIDAD
El arrendatario ha escogido los bienes objeto de arrendamiento, habiendo determinado la clase, marca, modelo y demás características técnicas de los mismos, así como el proveedor. Tales bienes han sido adquiridos por la Sociedad de Leasing con la única finalidad de ceder su uso al arrendatario, dando este su conformidad con todas las gestiones realizadas por aquella.
El arrendatario no se hace responsable del retraso en la entrega, instalación o integración de los equipos por causas no imputables al mismo, y muy especialmente que se deban a retrasos imputables al arrendador.
El arrendador es el legítimo titular de los equipos objeto del presente contrato, pudiéndose garantizar que sobre los mismos no existe carga o gravamen de ningún tipo, y que estos funcionan correctamente al momento de entrega de los mismos.
El arrendador no puede responder de los daños directos o indirectos, por daño emergente o lucro cesante, interrupción del trabajo, avería, fallo o perdidas, o que se deban a causa mayor, entendiéndose esta como aquella que sea consecuencia de hechos o circunstancias que estén fuera de su control, incluido, a título enunciativo y no limitativo, acción gubernativa, incendio, inundación, insurrección, terremoto, fallo técnico, motín, explosión, embargo, huelga legal o ilegal, escasez de personal o de material, interrupción del transporte de cualquier tipo, retraso en el trabajo, o cualquier otra circunstancia fuera del control de la fundación que afecte de cualquier modo a los servicios.
El arrendatario se obliga a asegurar los bienes objeto del presente contrato durante toda la vigencia del mismo, siendo a su cuenta el pago de la prima correspondiente. En la póliza que suscriba se hará mención a la condición de usuario por parte del arrendatario y la condición de beneficiario del arrendador.
VIII. COMUNICACIONES
Las partes se obligan a comunicarse toda la información que pudiera ser necesaria para el correcto desarrollo de la prestación, cualquier cambio de domicilio o dirección de contacto deberá ser comunicado a la otra parte por escrito con una antelación mínima de ……días hábiles.
Toda comunicación entre las partes relativa al presente contrato se realizará por escrito o telefónicamente. A efectos de comunicaciones y/o notificaciones las partes designan en el Anexo I las personas de contacto.
IX. CESIÓN DE DERECHOS
Las partes no pueden ceder, enajenar o subrogar en cualquier forma su posición contractual a favor de ningún tercero sin la autorización expresa y por escrito de la otra parte. Dicha autorización no será precisa si la cesión contractual se produce como consecuencia de una fusión, reorganización u otra operación de la transmisión a otra persona jurídica de la totalidad de los activos de la parte contraria.
X. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El incumplimiento por cualquier de las partes de cualquiera de las obligaciones que este contrato impone, facultará a la parte contraria a resolver de forma inmediata el presente contrato o exigir su cumplimiento, sin perjuicio de la indemnización de daños y perjuicios que proceda en ambos casos.
No obstante el presente contrato se extinguirá, además de por las causas generales del Derecho, por las siguientes:
Por el incumplimiento de alguna de las cláusulas del presente contrato. En tal caso no será necesario preavisar, y en ningún caso abonar cantidad indemnizatoria alguna por parte de la parte que rescindió el contrato.
Por el transcurso de la duración del mismo.
Por ser declarados en situación de suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores cualquiera de las partes.
Por el impago de cualquiera de las cuotas mensuales.
Finalizado el contrato por la causa b) de la presente cláusula y si el arrendatario estuviere al corriente de sus obligaciones podrá optar por:
• Otorgar nuevo contrato de arrendamiento financiero, en el que servirá como base para el cálculo de las cuotas el importe del valor residual.
• Adquirir la propiedad de los bienes por el importe del valor residual pactado.
La opción deberá efectuarse fehacientemente dentro de los 30 días anteriores al vencimiento del contrato. Transcurrido dicho plazo sin haber ejercitado este derecho, se entenderá que el arrendatario opta por restituir, finalizada la duración del contrato, los bienes objeto del mismo al arrendador en el lugar que este señale para el efecto, corriendo de cuenta del arrendatario los gastos de la restitución y sin más desgaste que el normal como consecuencia del uso.
XI. INTEGRIDAD Y CLAUSULA DE SALVAGUARDA
Todas las cláusulas o extremos del presente contrato deben ser interpretadas de forma independiente y autónoma, no viéndose afectadas el resto de estipulaciones en caso de que una de ellas haya sido declarada nula por sentencia judicial firme. Las partes contratantes acuerdan sustituir la cláusula o cláusulas afectadas por otra u otras que tengan los efectos correspondientes a los fines perseguidos por las partes en el presente contrato.
XII. RELACIÓN MERCANTIL ENTRE LAS PARTES
En ningún caso se presumirá de la firma de este documento y sus anexos o de la prestación de los servicios en el detallados la existencia de relación laboral alguna entre el personal de ambas partes, existiendo únicamente un acuerdo marco de colaboración entre ambas entidades.
Todo el personal del arrendador queda sujeto exclusivamente a la dirección organizativa del arrendador y contará con los medios proporcionados por esta.
XIII. ENTRADA EN VIGOR
El presente contrato entra en vigor, con toda la fuerza de obligar a las partes, a partir de la fecha de firma del mismo. Ambas partes acuerdan que el presente contrato surte todos sus efectos jurídicos a partir de la firma del mismo.
XIV. JURISDICCIÓN
El presente contrato se regirá por la ley española y para cualquier controversia que pudiera surgir entre las partes con respecto a su validez, ejecución, cumplimiento o resolución, total o parcial, las partes se someten expresamente a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de …………………………., con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles.
Y en prueba de conformidad, ambas partes leen el presente documento, que se extiende por duplicado ejemplar, y encontrándolo conforme lo firman en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
ANEXO I
CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

(Incluir en este apartado la definición del servicio, equipos a instalar así como el lugar determinado donde van a llevarse a cabo la instalación de los mismos)
MODELOS DE CONTRATOS DE LEASING
Entre los diferentes tipos de contratos de leasing más utilizados podemos destacar los siguientes:

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