Expediente Nº
Secretario:
Cuaderno Principal
Escrito Nº
Solicita: Extinción de la Patria Potestad
SEÑOR ESPECIALIZADO DE FAMILIA DE TRUJILLO;
EDWIN TALA VERA CASTILLO, con D.N.I. Nº 02345345 con domicilio en la Calle Lirios Nº 214, de esta Ciudad, señalando domicilio procesal en el Jr. Libertad Nº 569, Oficina Nº 13, a Usted, con respeto, digo:
Que, planteo esta demanda a fin de que se declare la extinción de la Patria Potestad que venían ejerciendo los esposos Guillermo Talavera Castillo y Carmen Surco de Talavera.
1. PETITORIO:
Solicito tenga a bien declarar que se ha EXTINGUIDO el ejercicio de la Patria Potestad que venían desempeñando mi hermano Guillermo Talavera Castillo y mi cuñada Carmen Surco de Talavera, respecto a mi sobrino Edwin Talavera Surco, por fallecimiento de los progenitores.
2. FUNDAMENTOS DE HECHO:
2.A Tanto mi hermano y cuñada citados, han fallecido en un lamentable accidente de tránsito ocurrido el 13 de agosto del 20m, conforme lo prueban las Partidas de Defunción; desde cuya fecha su único hijo, se encuentra bajo mi responsabilidad, por habérmelo confiado el Consejo de Familia.
2.B Habiendo fallecido los padres de mi sobrino, obviamente ya no tiene objeto que siga vigente la Patria Potestad que venían ejerciendo sobre dicho menor.
3. FUNDAMENTOS DE DERECHO:
3.A Código de los Niños y Adolescentes: Artículos 79°, 164° Y , siguientes.
3.B Código Civil: Artículo 461 °
3.C Código Procesal Civil: Artículos 424°, 425° Y demás concordantes.
4. VIA PROCEDIMENTAL:
Esta litis se tramita como Proceso Único.,
5. MEDIOS PROBATORIOS:
5.A Partidas de Defunción de los esposos Guillermo Talavera Castillo y doña Carmen Surco de Talavera.
5.B Partida de Nacimiento de mi menor sobrino Edwin Talavera Surco, quién en estos momentos cuenta con 15 años de edad.
5.C Copia Certificada del Acta del Consejo de familia.
6. ANEXOS:
Acompaño como anexo:
6.A Fotocopia de mi DNI
6.B Copia Certificada del Consejo de Familia, celebrado el día 28 de octubre del 2001.
6.C Partidas de Defunción de, mi hermano Guillermo Talavera Castillo y de mi cuñada Carmen Surco de Talavera.
6.D Arancel Judicial.
6.E Cédulas de notificación y copias de la demanda y su recaudo.
POR TANTO:
Sírvase Usted, señor Juez, admitir esta demanda y tramitada de acuerdo a Ley y oportunamente declararla fundada.
OTROSI:
Que se publique esta demanda en el Diario Oficial El Peruano.
Trujillo, de delMiller Puma Rios