Revista Jurídico

Modelo de demanda de Filiacion extramatrimonial

Por Dulcekiss
Sumilla: Interpone demanda de  Declaración de filiación extramatrimonial
AL JUZGADO DE FAMILIA DE LIMA NORTE, Yo Patricia Jaramillo Gálvez, identificada con DNI. No 1019658, con dirección domiciliaria en Av. Las Begonias 882 Urb. Las Palmeras Independencia, y señalando domicilio procesal en, Jr. Abancay 382 Cercado de Lima; ante Ud. expreso lo siguiente:
I. PETITORIO:
Que, interpongo ante su despacho demanda de declaración de filiación extramatrimonial contra, Javier Palomino Meneses, domiciliado en, Jr. Los Castaños 883 Urb. Los Rosales, Independencia, a fin de que el juzgado declare la filiaciónextramatrimonial existente entre mi menor hijo, Alexis Palomino Jaramillo, y el demandado, hecho amparado en los fundamentos de hecho y de derecho que a continuación paso a exponer:

II. FUNDAMENTOS DE HECHO:

1. Que, la recurrente conoció al demandado en Julio del año 2010 al ser cliente habitual de la tienda de venta de ropa donde ella laboraba. Que iniciaron una relación de amistad y luego de enamoramiento.
2. Que, desde noviembre del año 2009 y hasta enero del año 2010 el demandado y la recurrente mantuvimos relaciones sexuales de manera continua e interdiaria en el Hostal “Las Delicias” ubicado en la Av. Yzaguirre no. 350 de Lima Norte, fruto de lo cual procreamos al menor, Alexis Palomino Jaramillo, quien nació con fecha, 20 de Octubre del año, 2010.
3. Que desde el momento que la recurrente hace de conocimiento del demandado que ella estaba embarazada, éste le pide que se somete a un aborto, a lo cual ella se niega rotundamente.
4. Que el demandado manifestó a la recurrente que él es casado (situación de la cual la recurrente recién se entero). Que su esposa se encuentra trabajando por ahora fuera de Lima y que de enterarse esta última de la existencia del hijo extramatrimonial pues esto le traería muchos problemas.
5. Que desde ese momento, el demandado evita por todos los medios verse con la recurrente y asimismo no declara la paternidad de su menor hijo.
6. Que, a pesar de los permanentes pedidos paraque reconozca a su menor hijo, el demandado hasta la fecha no lo ha hecho, incluso no ha cumplido con su responsabilidad de padre en asumir con los gastos de alimentación, habitación, vestido, atención médica; entre otros; como corresponde.
7. Que, el demandado se encuentra viviendo en casa de sus padres y pretende evadir su responsabilidad frente a su menor hijo, motivo por el cual solicito al juzgado declare su paternidad, y en caso de negarse a ello, se sirva determinarse la misma a través de la realización de la prueba de ADN.
III. FUNDAMENTACION JURIDICA:
Fundamento mi petición en lo prescrito en las normas legislativas siguientes:
Artículo 1 de la Ley No. 28457, la cual señala que quien tiene legítimo interés de obtener una declaración de paternidad puede solicitar a un Juez de Paz Letrado que expida resolución declarando la filiación demandada. Asimismo que si el demandado no formula oposición dentro del plazo de 10 días de haber sido notificado validamente, el mandato se convertirá en declaración judicial de paternidad.
Artículo 1 de la Ley No 29715 que modifica el artículo 2 de la Ley No. 28457, que prescribe que la oposición del demandado suspende el mandato siempre y cuando el emplazado se obligue a realizarse la prueba biológica del ADN dentro de los diez días siguientes, en caso contrario el juez debe rechazarla de plano. El costo de la prueba es abonado por la parte demandada en el momento de la toma de las muestras opuede solicitar el auxilio judicial a que se refiere el artículo 179 y siguientes del Código Procesal Civil.
Artículo 386 del Código Civil, que señala que son hijos extramatrimoniales los concebidos y nacidos fuera del matrimonio.
Artículo 387 del Código Civil, que señala que el reconocimiento y la sentencia declaratoria de la paternidad o la maternidad son los únicos medios de prueba de la filiación extramatrimonial.
IV. FUNDAMENTACION E INTERES PARA OBRAR
De conformidad con el artículo 1 de la Ley No 28457, quien tenga legítimo interés en obtener una declaración de paternidad puede pedir a un Juez de Paz Letrado que expida resolución declarando la filiación demandada. De esta manera, la norma en mención otorga una legitimidad para obrar amplia, a todo quien demuestre interés, situación que en este caso es indubitable debido al evidente interés, de la demandada en que el padre de su hijo reconozca su paternidad.
V. VÍA PROCEDIMENTAL
A la presente demanda, según lo dispuesto en la Ley No 28457, le corresponde el proceso especial de declaración de filiación extramatrimonial, regulado por los artículos 1 y siguientes de dicho cuerpo de leyes.
VI. MEDIOS PROBATORIOS
Ofrezco el mérito de los siguientes medios probatorios:
1.- Copia autenticada de la partida de nacimiento de, Alexis Palomino Jaramillo, de fecha, 20 de Junio del 2011, expedida por la Oficina de Registro Civil de la Municipalidad de, Independencia; con la que se acredita queel menor es hijo de la demandante.
2. Copia del Cuaderno de Huéspedes del Hostal “Las Delicias”, correspondiente a los meses de noviembre del 2009 a enero del 2010 donde se puede observar la frecuencia con que tanto el demandado con la recurrente acudían a dicho establecimiento.
3. Original del Certificado de Inscripción expedido por la RENIEC, en el cual se señala que el demandado domicilia en la Jr. Los Castaños 883 Urb. Los Rosales, Independencia, con lo que se demuestra el domicilio actual del demandante.
VII. ANEXOS:
1. Copia del DNI de la recurrente.
2. Copia autenticada de la partida de nacimiento de Alexis Palomino Jaramillo.
3. Original del Certificado de Inscripción por la RENIEC.
4. Comprobante de pago de arancel judicial por ofrecimiento de pruebas.
POR LO EXPUESTO:
A usted señor juez, solicito admitir la presente demanda, tramitarla conforme a su naturaleza, y en su oportunidad declarar la paternidad del demandado, con expresa condena de costos y costas.

PRIMER OTROSI DIGO
: De conformidad con el art. 80 del Código Procesal Civil, delego en el abogado que autoriza el presente escrito las facultades generales de representación del art. 74 del mismo Código, declarando estar instruida de la representación que otorgo.
Lima, 30 de Junio de 2014 www.millerpumarios.net.ms

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