Expediente N° 12-01
Secretario: Sr. Ponce
Cuaderno Principal
Escrito N° 5-1
Recusa a Juez
SEÑOR JUEZ DEL PRIMER JUZGADO EN LO CIVIL DE TARMA;
ROSA DOUGLAS PAREDES, en los seguidos con doña María Serna López, sobre Nulidad de Acto Jurídico, a Usted, Respetuosamente digo:
Que, de conformidad con los Artículos 307° inciso 3) y 3100 del Código Procesal Civil, sin dudar de su honorabilidad, lo RECUSO; en consecuencia debe excusarse de seguir interviniendo.
Fundamento esta recusación en el hecho cierto que doña María Cerna López trabaja como empleada de la Bodega y Bagueteria "Tricy", ubicado en la Calle Ancash Nº 222, de esta Ciudad, de propiedad de vuestra esposa doña Paola Estrada Guerrero.
OFREZCO COMO MEDIOS PROBATORIOS:
1. La exhibición que debe efectuar doña Paola Estrada Guerrero, de la Licencia del negocio que conduce, y su Partida de Matrimonio, así como de los Libros de Planillas de la Bodega y Baguetería "Tricy”.
2. La declaración de parte de doña María Serna López, con arreglo al pliego de preguntas que acompaño.
POR TANTO:
Sírvase Usted, señor Juez, proveer conforme a ley.
OTROSI DIGO:
Acompaño el recibo de pago del correspondiente Arancel Judicial, copias de este recurso cédulas de notificación. .
Tarma,…….de del............Miller Puma Rios