EXPEDIENTE : SECRETARIO : JOSE LEVANO ZORRILLOESCRITO : 01 CUADERNO : PRINCIPALSUMILLA : “INTERPONGO RECURSO DE CASACION”
AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA SALA CIVIL DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA
Jose Reyes Soto, Abogado de La empresa Distribuidora De Servicios Transporte y Almacenamiento, debidamente representado por su administrador Anderson Miranda Bendezu en los autos seguidos por el señor Marcial Solano Palillo sobre nulidad de despido, ante Ud. Con el debido respeto me presento y expongo:Que en virtud de la sentencia de vista de fecha de el veintiseis de junio del dosmilonce, notificada a esta parte ,la misma que confirma la sentencia de la primera instancia Apelada por el emplazado, que declara fundada la demanda de autos. al amparo de la ley procesal de trabajo N°29497 y dando estricto cumplimiento a los requisitos de forma y de fondo vengo a interponer RECURSO DE CASACION contra la indicada sentencia de vista, resolución N° por los fundamentos que paso a exponer:
I.- PETITORIOSolicitamos que la sala de derecho constitucional y social de la corte suprema de justicia, declare fundado el recurso, casando la resolución recurrida y pronunciándose sobre las causales procedentes y resolviendo el conflicto.
II.-COMPETENCIAConforme lo establecen los artículos de la ley N°29497 concordante con el inciso 3) del articulo 387° del código procesal civil, resulta competente para resolver la admisibilidad del recurso el órgano que expidió la resolución impugnada.
III.-PROCEDENCIA DEL PRESENTE RECURSODe conformidad con el articulo de la ley procesal del trabajo, el recurso de casación procede contra las sentencias expedidas en revisión por las salas laborales o mixtas de las CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA, que resuelve el conflicto jurídico planteado por las partes, como es el caso de autos, por lo tanto la interposición del presente recurso en procedente.
IV.-ANTECEDENTES1. en merito de la demanda presentada por el actor se proclama la nulidad de despido, ordenando al emplazado la reposición del accionante a la empresa Distribuidora De Servicios Transporte y Almacenamiento, a su puesto habitual como contador.2. El actor señala en su demanda que fue despedido en forma arbitraria y anti laboral, sin haberle cursado la carta de preaviso ypor el hecho de que ocupaba el cargo de contador de la empresa, vulnerando así su derecho a sindicación.3. El emplazado en la contestación de la demanda argumenta que no fue motivo para la sala el despido la pertenencia del actor en su cargo como contador argumentando que el emplazado lo despidió por haber disminuido notoriamente y perjudicialmente en sus labores, que derivan directamente de la relación laboral, haciendo imposible la permanencia en la empresa.
V.-REQUISITYOS DE FORMA DEL RECURSOQue el presente recurso cumple con los requisitos formales exigidos por la ley procesal laboral N°29497, para la admisibilidad del recurso son los siguientes:
1. El recurso de casación lo interpongo contra la sentencia en revisión por la sala civil de la corte superior de justicia de Ica.2. Se interpone el presente recurso de casación dentro del plazo legal de notificada la sentencia de vista a mi parte.3. Acompaño el recibo de pago de tasa judicial correspondiente.4. Interpongo el recurso ante el órgano jurisdiccional que expidió la sentencia que impugno, es decir la sala de la corte superior de justicia de Ica.
VI.-REQUISITOS DE FONDO DEL RECURSOLos requisitos de fondo que cumplo para la la posibilidad del recurso son los siguientes:1) Respecto ala sentencia “A-QUO”, El recurrente fue favorecido con la sentencia de primera instancia y contra esta interpuse el recurso de apelación, el que se concedió con efecto suspensivo.2) Causales especificas para el recurso de casación Concerniente a las inaplicaciones expresas de derecho material por parte de las instancia precedentes que atentan contra la tutela jurisdiccional efectiva.
VII.-FUNDAMENTOS DE LA PRETENSION IMPUGANTORIA1. Que la sentencia de vista, materia de cuestionamiento casatorio incluida la apelada de primera instancia incurre flagrantemente en las causales de casación contenidas en el ley procesal del trabajo, por evidente violación, interpuesta erróneamente e incorrecta aplicación de la ley.
2. Es evidente interpretación errónea y la incorrecta aplicación de la ley porque ninguna de las instancias precedentes ha interpretado correctamente el articulo 23°, inc b) y 25°, inc b) del decreto supremo 003-97-TR ley de productividad y competitividad laboral que a la letra dice:
ARTICULO 23°son causas justas de despido relacionadas con la capacidad del trabajador:el rendimiento deficiente en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores y bajo condición es similares;
ARTICULO 25°FALTA GRAVE.-Es la infracción por el trabajador de los deberes esenciales que emanan del contrato, de tal índole, que haga irrazonable la subsistencia de la relación. Son faltas graves:la disminución deliberad y reiterada en el rendimiento de las labores o del volumen o de la calidad de producción, verificada fehacientemente o con el concurso de los servicios inspéctivos del ministerio de trabajo y promoción social, quien pondrá solicitar el apoyo del sector al que pertenece la empresa;por todo lo expuesto considero que la referida sentencia de vista no tiene una adecuada interpretación de las normas claras y expresas del derecho material.
Es así que estando debidamente acreditada, cuales fueron las causales para la extinción de la relación laboral, consecuentemente debe declararse fundado el recurso de casación porlas consideraciones expuestas en el presente escrito.
VIII. –ANEXOS: * Acompaño recibo de tasa judicial correspondiente.
PORTANTO: A Ud. Señor presidente de la sala, solicito se sirva tener por interpuesto el presente recurso de casación conforme a ley.
Arequipa, diez de enero del 2012www.millerpumarios.net.ms