Revista Jurídico

Modelo de Resolucion de Sobreseimiento de la Causa

Por Dulcekiss
RESOLUCION DE SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA SEXTO PENAL ESPECIALIZADO EN LO PENAL DEL CONO NORTE DE LIMA.
Exp. N°: 704-2000-MG
DELITO: FALSIFICACION DE DOCUMENTOS Y APROPIACION ILICITA.
SEC : GONZALES
Cono norte, veinte de junio del dos mil dos.
AUTOS Y VISTOS; de conformidad con lo opinado por la señora representante del ministerio público en su dictamen de fojas 83-85, su fecha ocho de enero del dos mil dos; y ATENDIENDO: PRIMERO: A que, la sola imputación de la parte agraviada contra Nemesio Arpasi Anhua y Alicia Mesa Lazo por delito de calcificación de documentos, basada en simples copias las mismas, que no pueden ser objeto de una práctica pericial y así determinar, de otro lado, al no haberse demostrado que Arpasi Anhua haya incorporado a su patrimonio la sumas de ciento cincuenta y cinco nuevos soles, se concluye en que resultan insuficientes, para generar certeza sobre la comisión de los delitos y la responsabilidad penal de los procesados, SEGUNDO: A que, los hechos antes descritos, no configuran los elementos típicos de los ilícitos que prevé los artículos cuatrocientos veintisiete y ciento noventa del código penal vigente; TERCERO: A que, no habiendo otros indicios o pruebas que verifiquen las conductas imputadas a los procesados, es de aplicarse lo dispuesto por el articulo doscientos veintiuno del código de procedimientos penales; en consecuencia, la suscrita JUEZ DEL SEXTO JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO PENAL DEL CONO NORTE, resuelve: SOBRESEER la cusa penal seguida contra NEMESIO ARPASI ANHUA y ALICIA MEZA LAZO por delito contra la fe pública- falsificación de documentos en agravio del estado,; y contra NEMESIO ARPASI ANHUA por el delito contra el patrimonio apropiación ilícita – en agravio de la empresa Amazon Pets individual de responsabilidad limitada; Mando: que consentida y/o ejecutoriada que sea la presente resolución se inscriba en los registros respectivos , se anulen los antecedentes judiciales y/o policiales que se hubiera generado; y archívese definitivamente los autos en este extremo del proceso; con citación.www.millerpumarios.net.ms

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