Revista Economía

Nueva tabla de declaraciones susceptibles de domiciliación y plazos para acogerse

Publicado el 18 abril 2012 por Barborza @bartolomebz

El procedimiento de domiciliación de deudas, instaurado tradicionamente en la Campaña de Renta para el pago del segundo plazo, siempre tuvo una buena acogida tanto por parte de los contribuyentes como de los profesionales tributarios.

Con motivo de la Campaña de Renta y Patrimonio 2004, se implantó por primera vez este sistema, también para el primer pago, lo que tuvo -como era de esperar- tan buena acogida como el anterior.

Los buenos resultados obtenidos propiciaron más tarde la extensión del procedimiento al Impuesto sobre Sociedades y de la Renta de No Residentes 2006, que igualmente tuvo buena acogida.

Ante el éxito obtenido, se publicó la Orden EHA/3398/2006, que vino a generalizar el procedimiento de domiciliación como medio de pago (sólo para la vía telemática) y para determinados modelos de declaraciones (110, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 130, 131, 202, 213, 214, 215, 216, 300 (303), 310, 311, 370 y 371).

Más tarde, en 2009 se publicó una nueva Orden EHA/1658/2009, que extendió la domiciliación a nuevos modelos y actualizó la relación de modelos susceptibles de domiciliación, estableciendo, además, la domiciliación como sistema obligatorio en los casos de aplazamiento y fraccionamiento, e incorporando también algunas excepciones, lo que fue objeto de comentario en este mismo blog.

La semana pasada se produjo un hecho, sobradamente comentado en todos los medios, y también en este mismo blog, que colapsó los servicios de la sede electrónica de la Agencia Tributaria, lo que afectó de manera especial a los profesionales tributarios que pretendían acogerse a la domiciliación de las declaraciones trimestrales que habían de presentar, y cuyo último día de plazo para acogerse a dicha domiciliación terminaba el pasado domingo día 15 (en la práctica, el viernes 13). Este hecho provocó la publicación con carácter de urgencia de la Orden HAP/725/2012, de 12 de abril (B.O.E. del 14), por la que modificó la anterior Orden en el sentido de ampliar con carácter excepcional, el plazo general de presentación telemática de las principales autoliquidaciones con domiciliación de pago cuyo vencimiento tuviera lugar el pasado día 15, mediante una modificación del citado plazo. Dicho plazo se amplió hasta el día 17 de abril, y exclusivamente para los modelos: 111, 115, 123, 130, 131, 202, 222, 303, 310, 353, 560, 561, 562, 563, 564 y 566.

Ante la diversidad de normas y los últimos cambios producidos, he pensado actualizar la tabla de modelos susceptibles de domiciliación así como los plazos de presentación, que os incluyo a continuación para que los podáis consultar, y si queréis, también descargar:

Enlace para la Descarga de la presentación


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