La animosidad mediática contra Eugenio Raúl Zaffaroni se renovó esta mañana a partir de las declaraciones que el ministro de la Corte Suprema de Justicia hizo anoche ante el canal de noticias CN23 (aquí una síntesis). Además de referirse a los distintos tipos de presión ejercidos sobre la Justicia y a la consigna presidencial de democratizarla, el penalista señaló su desacuerdo con el comunicado de prensa que el mismo Tribunal Superior difundió -también ayer- a raíz del fallo por el caso Verón. Esta última aparición televisiva provocó una serie de reacciones periodísticas que enriquecen o diversifican la intención difamatoria de siempre, hace unos días en boca de Lilita Carrió vía Desde el llano.
La santa indignación que Magdalena Ruiz Guiñazú expresó esta mañana en su programa de radio es la versión más epidérmica de la mencionada animosidad. La conductora leyó parte del cable de la agencia DyN que transcribió fragmentos de la intervención catódica. Se detuvo en dos pasajes: “No creo que la Corte Suprema tenga que manejarse con comunicados. Ya nos ha pasado muchas veces y hemos tenido problemas. Yo no suscribo comunicados” y “Estamos preocupados por todos los delitos, no es necesario decirlo. Se supone que nuestra función es que nos preocupen todos los delitos.
Tras celebrar el pronunciamiento de la CSJN, Magdalena criticó los reparos de Zaffaroni. Se aferró a la expresión “preocupados por todos los delitos” para proclamar que no todos los delitos son iguales: “no se puede comparar la trata con un robo”, explicó. De esta manera, protestó contra la supuesta liviandad de Zaffaroni y dejó picando una pelota que su co-equiper Edgardo Alfano pateó con ganas cuando recordó el antecedente de los burdeles: la denuncia del alquiler de departamentos de su propiedad a proxenetas y/o prostitutas explicaría la conveniente tibieza del penalista.
[Nota mental: menos mal que Susana Trimarco opina diferente.]
Por su parte, Carlos Pagni publicó hoy en La Nación este artículo de opinión que aborda la tensión entre los Poderes Ejecutivo y Judicial por el polémico artículo 161 de la Ley de Medios. Aunque básicamente se propone denunciar por enésima vez el “espíritu de venganza” que se esconde detrás de cada reforma (o intención de reforma) gubernamental, el texto le concede a Don Raúl un espacio privilegiado no sólo en el título “Zaffaroni versus Zaffaroni”, sino en la introducción de la extensa nota.
El columnista del diario centenario (cuyo procesamiento por espionaje informático deberíamos recordar si fuéramos como Alfano) contrasta declaraciones anteriores a las que enojaron a Magdalena (datan del 10 de diciembre y se refieren a la hipótesis de alzamiento judicial) con parte de la exposición ante la Comisión de Acuerdos del Senado cuando ésta debatía la incorporación del penalista a la Corte a fines de 2003. Pagni encuentra que Zaffaroni pisa el palito al considerar desobediente el fallo de la Cámara Civil y Comercial en detrimento del 7D acordado por la CSJN, cuando años atrás manifestó su simpatía por la Constitución italiana que privilegia la relación horizontal -sin distinción de jerarquías- entre jueces.
Aquí se encuentra la transcripción de aquella presentación ante el Poder Legislativo, que efectivamente contiene las expresiones citadas en el artículo de La Nación. Los interesados en chequearlas constatarán que Pagni omite el origen del comentario: una pregunta de la legisladora Sonia Escudero sobre el límite de competencias entre la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de la Magistratura,”es decir, la línea divisoria entre las facultades de superintendencia y aquéllas disciplinarias en relación con los jueces”.
El periodista de La Nación señala una falsa contradicción entre la observación de un riesgo en circunstancias específicas (en este caso se trata del riesgo de “alzamiento de la instancia ordinaria contra decisiones firmes de esta Corte, con desconocimiento grave de la autoridad del Tribunal como máximo instancia de control de constitucionalidad“) y la expresión de admiración por una alternativa extranjera (la conformación del Consejo de la Magistratura italiano según la Constitución de ese país)… ¿Qué habrían dicho de Zaffaroni si hubiera intervenido en el fallo en respuesta al pedido gubernamental de per saltum invocando una Carta Magna extranjera y no la nuestra?
Curiosamente Pagni omite esta otra parte de la respuesta a Escudero: “Es cierto que es necesaria una independencia externa del Poder Judicial con respecto a otros órganos del poder político, y fundamentalmente del Poder Ejecutivo, pero también de órganos de presión extra poder o fuera de grupos de presión”. Algunos ciudadanos interpretamos que el penalista se refiere a la independencia con respecto al poder económico (y porqué no mediático).
Zaffaroni cita con frecuencia el modelo italiano cuando aborda las características de nuestro sistema judicial en sus conferencias. En octubre de 2004 lo mencionó en la sexta reunión del Ciclo de Debate ‘Arturo Jaureche’:
“La constitución italiana anula la verticalidad que tenemos en nuestra Justicia. Dice que entre los jueces no hay jerarquías sino diferencias de competencias, que un poder judicial no puede ser corporativo, (ni admitir) que los de arriba den órdenes a los de abajo. Debe ser horizontal. Por supuesto, la clave está en cómo se elige y se integra ese orden”.
Y aquí viene una explicación que horrorizaría a Pagni y la Nación:
“Dos tercios del Consejo, en Italia, lo integran los jueces. El tercio restante lo nombra el Parlamento, en proporción a los partidos políticos con representación parlamentaria, pero tienen que ser o bien profesores de la Facultad de Derecho o abogados con más de veinte años de ejercicio de la profesión. Estos corresponden a los partidos, pero no son cualquier político, sino profesionales.
(…)
La filiación política e ideológica de los jueces se conoce. Los hay de derecha, de izquierda, etc., y se vigilan unos a otros. También puede un juez pasar a la política, solicitando un permiso, y luego volver a la función. No pueden ser reelectos. Son datos interesantes para pensar en un modelo democrático de Poder Judicial.
Pero un Poder Judicial con un tribunal constitucional, con un Consejo de la Magistratura o con un Tribunal de Casación responde a un modelo de Constitución que tiene una diferencia notable con el nuestro. Son Constituciones que crean gobiernos de tipo parlamentario.
La tinta que Pagni invirtió en Zaffaroni apunta a descalificarlo a partir de una coincidencia de pensamiento con el ministro de Justicia Julio Alak, el primero en barajar la hipótesis del alzamiento judicial. De esta manera, el periodista de La Nación le da la razón a Carrió cuando sostiene que este miembro de la CSJN es un “militante obsceno“.
En resumidas cuentas, esta mañana nos enteramos de que Don Raúl no sabe distinguir delitos (gracias Magdalena), se muestra tibio ante el tema de la trata (porque él mismo es un proxeneta, sugiere Alfano), y carece de independencia y coherencia ideológicas (deduce Pagni). Así concluye el último parte de animosidad mediática que algunos médicos tipificarán como crónica.
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