Revista Economía

Pago de CTS en las mypes

Por Globalmiguel @noticiacontable
  • Los empleadores de las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas tienen plazo hasta este martes 15 para depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), correspondiente al período semestral mayo-octubre 2011.

Al respecto, el gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, Víctor Zavala Lozano, dijo que existen hasta seis casos especiales para determinar dicha obligación, que dependerán del tipo de empresa, si los trabajadores son nuevos o antiguos, si la empresa está inscrita en el Remype y si el trabajador cuenta o no con un mes de trabajo al 31 de octubre pasado.

Así, la pyme de hasta 100 trabajadores e ingresos anuales no superiores a 1,700 UIT puede observar hasta tres situaciones: si no está inscrita en el Remype, todos sus trabajadores antiguos o nuevos tendrán derecho a CTS conforme con las reglas generales.

Para la empresa inscrita en el Remype, los trabajadores contratados hasta antes del registro tendrán derecho a CTS, según las normas generales. Mientras que los trabajadores nuevos, contratados luego del registro de la pequeña empresa, tendrán derecho al 50% de CTS, que debe ser calculada conforme con el régimen general.

En las mypes de hasta 10 trabajadores e ingresos anuales no superiores a 150 UIT, si la empresa no está inscrita en el Remype, sus trabajadores tendrán derecho a CTS bajo el régimen general. Pero si se anotó en el Remype, los trabajadores contratados antes de su registro tendrán derecho a CTS bajo el régimen general. Y los nuevos trabajadores contratados con posterioridad a dicha inscripción no tienen derecho a CTS.

Diario Peruano (13/11/2011)


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