En la época en la que nos ha tocado vivir, cada vez es más habitual encontrarnos con situaciones en las que una simple información vista en internet podría ser de interés para demostrar algo; por ejemplo un ataque recibido a través de un twuit, o un comentario ofensivo en facebook, o simplemente un producto ilegal ofrecido a través de una página web. A veces uno se pregunta qué puede hacer ante una situación de este tipo para denunciarla y si existen o no, lo que se ha venido llamar desde hace algún tiempo los «pantallazos con capacidad probatoria» que, al fin y al cabo, no son más que simples capturas de pantalla.
Pantallazos con capacidad probatoria, vía notarial o a través de un servicio gratuito de internet.
El problema de siempre es que el contenido de internet está vivo y lo mismo aparece que desaparece o simplemente se transforma en otro distinto, con lo cual, aquello que vimos en un momento dado puede no estar disponible cuando lo necesitemos para una acción futura, sea una denuncia formal ante el juzgado o simplemente para presentar algún tipo de reclamación.
Pantallazos con capacidad probatoria
Alguna vez he necesitado conservar el contenido de ciertas webs para que sirviera como prueba ante un juicio y lo que siempre he hecho ha sido acudir a un Notario para que fuera él quien entrase a la web, la imprimiese, y posteriormente realizase la oportuna acta notarial dando fe de que el contenido impreso correspondía a una fecha en concreto y que no estaba manipulado. Es un método bastante tradicional pero efectivo y que recomiendo si el asunto tiene mucha importancia.
No obstante en la actualidad hay una posibilidad más económica y se puede obtener un justificante de que el pantallazo no está manipulado y puede servir como prueba en un futuro gracias al servicio gratuito que ofrece eGarante.
Esta página actúa como testigo independiente al generar un documento fechado y firmado de manera digital y garantizando que el contenido no ha sido manipulado. El formato es aceptado como documento probatorio regulado por el artículo 326 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Ramón Cerdá
Pantallazos con capacidad probatoria. ¿Se pueden usar en un juicio? was last modified: mayo 14th, 2014 by Ramón Cerdá