Revista En Femenino

Pedir la discapacidad para personas con TLP

Por Lucy Chibimundo @chibimundo

Muchas personas con trastorno de la personalidad. se preguntan en algún momento de su vida cómo y cuándo pueden pedir la discapacidad. Solo con tener el diagnóstico no tienes derecho a ningún tipo de ayuda por parte del estado, pero que un profesional de la salud te haya diagnosticado sí supone algo a tu favor para poder conseguir algún tipo de ayuda.

¿Cómo pido la valoración de la discapacidad?

Puedes hacerlo de forma online o de forma presencial en el centro base que te corresponda. Cada comunidad autónoma tiene sus formas y plazos, yo hablaré de la Comunidad de Madrid porque es donde vivo y he realizado el proceso.

Para hacerlo online necesitas tener la siguiente información escaneada (en formato digital):

  • Informes médicos (psicológicos y psiquiátricos) donde esté escrito el diagnóstico.
  • Documentación sobre ingresos (ya sea por lo público o por lo privado).
  • Informes de medicación que has ido tomando a lo largo de tu vida hasta la actualidad.
  • Solicitud de Reconocimiento del Grado de Discapacidad (la de la CAM) rellenada y firmada.
  • Copia de la tarjeta sanitaria por ambas caras.

En caso de que desees hacerlo presencial imagino que tienes que pedir cita en tu centro base correspondiente (el más cercano a tu código postal), pueden informarte de cuál es concretamente en el 060 (servicio de información que la Administración General del Estado). Y tendrás que llevar la misma información que he comentado antes pero en físico, es decir, fotocopias.

No entregues originales porque se los van a quedar y quizás los necesites para pedir otro tipo de ayudas en el futuro o una revisión.

¿Qué pasa una vez presentada la documentación?

Toca esperar a recibir una carta que te cite en tu centro base para valoración. A esta cita debes llevar los informes médicos, ingresos, cambios de medicación que haya habido en el transcurso del tiempo desde que entregaste los últimos documentos hasta la cita para poder entregarlos y que tengan la información actualizada a la hora de hacer la valoración.

Dependiendo de la discapacidad te ven unos médicos u otros, en el caso del TLP suelen verte psicólogo, psiquiatra y servicios sociales para hacer una valoración conjunta de tus necesidades. Puedes hacerte una idea bastante exhaustiva de todos los ítems que valoran echando un ojo al documento de discapacidad de la OMS en el que hablan no solo de los problemas de salud mental.

¿Qué criterios siguen para otorgar la discapacidad?

Para trastornos de personalidad la discapacidad se mide (según el BOE) de esta manera:

Valoración de la Discapacidad atendiendo a criterios generales de funcionalidad:

Clase I: (0 por 100).

Presenta sintomatología psicopatológica aislada, que no supone disminución alguna de su capacidad funcional.

Clase II: Discapacidad leve (1-24 por 100):

  • a) La capacidad para llevar a cabo una vida autónoma está conservada o levemente disminuida, de acuerdo a lo esperable para un individuo de su edad y condición, excepto en períodos recortados de crisis o descompensación.
  • b) Pueden mantener una actividad laboral normalizada y productiva excepto en los períodos de importante aumento del estrés psicosocial o descompensación, durante los que puede ser necesario un tiempo de reposo laboral junto a una intervención terapéutica adecuada.
  • c) Presencia de criterios de diagnóstico para cualquiera de los tipos de trastorno de la personalidad.

Clase III: Discapacidad moderada (25-59 por 100).

  • a) Restricción moderada de las actividades de la vida cotidiana (la cual incluye los contactos sociales) y en la capacidad para desempeñar un trabajo remunerado en el mercado laboral. La medicación y/o tratamiento psicoterapéutico pueden ser necesarios de forma habitual, a pesar de lo cual puede persistir sintomatología clínicamente evidente:
    • que interfiere notablemente en las actividades de la persona: se asignará un porcentaje de discapacidad comprendido entre el 45 y 59 por 100.
    • que no interfiere notablemente en las actividades del paciente: se asignará un porcentaje de discapacidad comprendido entre el 25 y 44 por 100.
  • b) Las dificultades y síntomas pueden agudizarse en períodos de crisis o descompensación. Fuera de los períodos de crisis:
    • el individuo es capaz de desarrollar una actividad laboral normalizada y productiva la mayor parte del tiempo, con supervisión y ayuda: se asignará un porcentaje de discapacidad comprendido entre el 25 y 44 por 100.
    • el individuo sólo puede trabajar en ambientes laborales protegidos con supervisión mínima: se asignará un porcentaje de discapacidad comprendido entre el 45 y 59 por 100.
  • c) Presencia de alguna de las siguientes características clínicas:
    • Cumplir criterios para el diagnóstico.

Clase IV: Discapacidad grave (60-74 por 100).

  • a) Grave restricción de las actividades de la vida cotidiana (posibilidades de desplazarse, de preparar e ingerir los alimentos, de atender a su higiene personal y al vestido, de cuidado de su hábitat y realizar las tareas domésticas, de comunicarse y tener contactos sociales), lo que obliga a supervisión intermitente en ambientes protegidos y total fuera de ellos.
  • b) Grave disminución de su capacidad laboral, puesta de manifiesto por deficiencias importantes en la capacidad para mantener la concentración, continuidad y ritmo en la ejecución de las tareas y repetidos episodios de deterioro o descompensación asociados a las actividades laborales, como consecuencia del fracaso en adaptarse a circunstancias estresantes. No puede desempeñar una actividad laboral con regularidad. Puede acceder a centros ocupacionales protegidos, aunque, incluso con supervisión, el rendimiento suele ser pobre o irregular.
  • c) Trastornos de personalidad cuyas características clínicas reúnan alguno de los requisitos siguientes:
    • Necesidad de internamiento.
    • Graves trastornos en el control de impulsos.
    • Alteraciones psicopatológicas permanentes y severas.

Clase V: Discapacidad muy grave (75 por 100).

  • a) Repercusión extrema de la enfermedad o trastorno sobre el individuo, manifestado por incapacidad para cuidar de sí mismo ni siquiera en las actividades básicas de la vida cotidiana. Por ello, necesitan de otra u otras personas de forma constante.
  • b) No existen posibilidades de realizar trabajo alguno, ni aun en centros ocupacionales supervisados.
  • c) Presencia de perturbaciones profundas de la personalidad, que de modo precoz y con persistencia, produzcan sintomatología variada y severa, afectando los trastornos a las áreas instintiva y relacional.

¿Qué pasa tras la valoración?

De nuevo toca volver a esperar a que te llegue una carta con la valoración en términos de porcentaje de la discapacidad que se te ha otorgado y va del 0 al 100%. Por tramos se han establecido las siguientes ayudas y beneficios:

  • 0% – 32%: no hay ningún beneficio o ayudas económicas.
  • 33% – 65%: hay beneficios y descuentos pero no ayudas económicas (pensión).
  • >65%: hay ayudas económicas como pensión no contributiva (PNC).

Es difícil que por TLP te den una discapacidad mayor de un 40/50% porque la funcionalidad pega un salto muy grande y pasamos a hablar de discapacidad a incapacidad.

En el caso de incapacidad sí que hay ayudas económicas o lo que la gente denomina como pagas, pensión o prestación.

¿Qué ayudas económicas tipo prestación puedo obtener?

A partir del 33% de discapacidad, puedes pedir el Subsidio de Renta Activa de Inserción (R.A.I) una ayuda extraordinaria para desempleados con gran dificultad de acceso al mercado laboral. Tienes que haber agotado una prestación contributiva o subsidio por desempleo a lo largo de su vida laboral y cumplir otra serie de requisitos.

A partir del 65% de discapacidad, para personas que no puedan acceder a las pensiones contributivas ordinarias y que no superen determinado nivel de ingresos puede pedir una pensión no contributiva de invalidez (incompatible con prestación por Hijo a Cargo).

Conseguir la incapacidad es (según tengo entendido) la única forma de tener una prestación (una paga mensual), pero para ello es necesario pasar por todo el procedimiento que desconozco y que en algunos casos te impide volver a trabajar.

En este documento de Con Salud Mental, aunque es algo antiguo, se explican muchas de las ayudas que se pueden pedir para personas con discapacidad por salud mental.

La foto de la cabecera es de Karolina Grabowska y la descargué en Pexels


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