Las pensiones de incapacidad permanente forman parte de las pensiones contributivas del sistema español (jubilación, viudedad, incapacidad permanente, orfandad y en favor de familiares). No obstante, se trata de prestaciones con unas características muy particulares.
En concreto, se trata de pensiones dirigidas a neutralizar la pérdida de ingresos que sufre un trabajador a causa de una lesión o enfermedad, que limita o anula su capacidad laboral.
El grado de incapacidad permanente reconocido es fundamental para saber si es obligatorio o no presentar la Declaración de la Renta en 2023.
Cuál es el motivo por el que no tienen que presentar la Renta?
La razón por la cual los pensionistas con incapacidad absoluta y gran invalidez no deben presentar la declaración de la Renta se ha podido conocer de la mano de la propia Seguridad Social. Desde el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) se ha explicado que no tienen que hacerlo porque son de las pocas pensiones que no tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo que hace que sus beneficiarios perciban el 100% de la pensión.
En lo que respecta a este tema, hay que tener en cuenta que la exención no se realiza con respecto a todos los ingresos, sino sobre aquellos que afectan a la pensión. Un claro ejemplo se encuentra en el caso de que un beneficiario de una de estas dos pensiones perciba rentas de un piso alquilado, caso en el que habría que pagar IRPF por las rentas del alquiler, no así por las de la pensión.
Asimismo, aunque sea complicado por falta de modalidad, con una minusvalía en grado absoluto o de gran invalidez, la persona puede trabajar. En este tipo de casos, los ingresos que se perciben por esa actividad sí que se encontrarían sujetos a IRPF. Aunque no es muy común sí que hay algunos trabajadores en estas condiciones.
La tributación del resto de incapacidades al IRPF
De esta forma, tan solo las incapacidades de modalidad parcial y total son las que tributan por el IRPF. En el caso de la incapacidad total, hay que tener presente que todo pensionista tiene la consideración, como mínimo, de una persona con discapacidad del 33%, lo que quiere decir que el mínimo personal y familiar se incrementará 2.316 euros más.
El mínimo personal y familiar es la cantidad genérica sobre la que no son grabadas las rentas. Por lo general son de 5.150 euros y para los pensionistas, de 7.466 euros. Se considera que esta es la cantidad mínima que necesita una persona para vivir, y tan solo se abonan impuestos por la cantidad que exceda estas cantidades. Así pues, un pensionista de incapacidad paga menos por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
En lo que respecta a la incapacidad parcial, se debe pagar IRPF, ya que la indemnización a la que tendrá derecho es considerada una renta del trabajo. El porcentaje a pagar será en función de lo cobrado ese año. Al tratarse de una indemnización que se percibe de manera irregular, es posible acceder a una reducción del 30%.
Nuevos beneficiarios
El pasado 28 de febrero fue publicada en el Boletín Oficial del Estado la nueva Ley de Empleo, una norma que llega con un gran número de cambios en el terreno laboral, algunos de ellos que afectan a personas con discapacidad. Entre estos cambios se encuentra el reconocimiento de una discapacidad del 33% a personas a las que se les conceda una pensión por incapacidad permanente.
De esta manera, muchos pensionistas beneficiarios de esta prestación contributiva de la Seguridad Social accederán de forma automática a este grado de discapacidad que trae una serie de beneficios laborales, sociales y fiscales. Entre estos últimos se encuentra que el mínimo personal y familiar extenso de declarar el IRPF aumenta a 3.000 euros para el presente año.