Entrevista. Afirma presidente del IPA, carlos soto coaguila
Respuesta del Estado en estos casos genera confianza y credibilidad
La judicialización y anulación de laudos aún es un problema
El arbitraje como mecanismo pacífico de solución de controversias se desarrolla cada vez más en el país y ya se ha convertido en el medio preferido por los empresarios para resolver sus disputas, reveló el presidente del Instituto Peruano de Arbitraje (IPA), Carlos Soto Coaguila.
En entrevista con el Diario Oficial El Peruano, el experto agregó que esta institución es usada, también, por el Estado, el que hasta el momento está inmerso en 12 casos de arbitraje de inversiones. El IPA culmina hoy su Sexto Congreso Latinoamericano de Arbitraje, la actividad académica más importante de la región y que anualmente reúne a reconocidos abogados y árbitros de todo el mundo, con el objetivo de dialogar sobre los nuevos desafíos del arbitraje.
¿Cómo se desarrolla el arbitraje en el Perú?
–A la fecha se ha convertido en el medio de solución de controversias preferido por los empresarios, y el Estado arbitra también todas sus controversias derivadas de los contratos que suscribe; por tanto, su uso crece cada vez más.
¿En provincias su uso, también, aumenta?
–Notamos eso, prueba de ello es el surgimiento de nuevos centros de arbitraje patrocinados por las cámaras de comercio e instituciones privadas, los cuales emergen frente a la necesidad de contar con un centro de arbitraje idóneo donde poder resolver sus controversias de manera independiente e imparcial.
¿Y qué problemas observa?
–La judicialización del arbitraje es un problema. Al no existir segunda instancia en el arbitraje, muchos abogados y partes en conflicto acuden al Poder Judicial vía recurso de anulación del laudo arbitral, lo cual desnaturaliza el arbitraje.
¿Han aumentado los pedidos de anulación de laudos?
–Así es, sin embargo, los juzgados y salas comerciales están haciendo buen trabajo y controlando la validez de los laudos de manera eficiente. Además, en setiembre del año pasado, el Tribunal Constitucional, mediante su sentencia recaída en el Exp. Nº 142-2011-PA/TC, estableció como precedente que el amparo frente al arbitraje no procede y que, para cualquier reclamo por la violación de algún derecho constitucional, existe el recurso de anulación, que es la vía idónea para acudir a los tribunales judiciales y no el amparo. Excepcionalmente, se establecieron tres supuestos para que el amparo proceda.
¿Cuáles son esos supuestos?
–Cuando se perjudican derechos de terceros que no intervienen en el arbitraje; en caso un tribunal arbitral aplique una norma declarada inconstitucional; y si se vulneran precedentes constitucionales.
¿Cómo marcha el arbitraje en materia de inversiones?
–Es el caso de un inversor extranjero que lleva al Estado peruano ante un tribunal arbitral por la violación de estándares internacionales, como sería la expropiación, nacionalización o un trato discriminatorio, y la materia en controversia es una inversión. El Perú tiene un récord de 12 casos de arbitrajes de inversión y en el ámbito latinoamericano ocupa el quinto lugar, el primero es Argentina, luego vienen Venezuela, Ecuador y México.
¿Cómo está respondiendo el país frente a estos casos?
–El balance es positivo. El Perú ha ganado algunos casos y, además, está cumpliendo con sus obligaciones derivadas del arbitraje; a la fecha tiene cuatro o cinco arbitrajes de inversión pendientes.
¿Qué casos ha ganado el Estado peruano?
–El caso Lucchetti, empresa que instaló su planta en Los Pantanos de Villa y que demandó al Estado. Ganó, también, el caso Aguaytía que reclamaban indemnización.
¿Qué nuevos casos se vienen para el país?
–El caso Convial respecto a las garitas de control en la avenida Faucett camino al aeropuerto Jorge Chávez, ya se realizaron las audiencias y debe emitirse la decisión final. El caso Doe Run, empresa que ha demandado al Estado ante la Corte Permanente de La Haya bajo las reglas Uncitral y sobre la base del tratado de libre comercio con Estados Unidos. Hay otros casos de compañías eléctricas y mineras, pero el Estado peruano ha entendido que no puede negarse a cumplir con sus obligaciones internacionales e internas, porque eso genera confianza y credibilidad.
Imagen en el mercado
¿Hay muchos casos de ejecución de laudo en el Poder Judicial?
–El pedido de ejecución de laudo ante el Poder Judicial opera cuando la parte perdedora se niega a cumplirlo o no lo hace voluntariamente y la parte vencedora tiene que pedir al juez que obligue a quien perdió a que lo realice. Estos casos son muy pocos, lo que significa que las partes cumplen con lo dispuesto por los laudos, aunque quien pierde lo hace luego de haber agotado todas las vías posibles para anular el laudo o cuando ya no le queda ninguna otra posibilidad. Además, no pagar una obligación económica impuesta por un laudo puede ser un gran perjuicio para una empresa, pues las otras del medio no contratarán con ella, su presencia e imagen en el mercado se deterioraría, con lo cual solo le queda cumplir o, en todo caso, negociar el cumplimiento del laudo.
¿Los laudos se están ejecutando entonces al margen de que el que pierde opte o no por la vía judicial?
– Sí, y lo advertimos de la estadística de casos de ejecución de laudos vía judicial que no son muchos frente a la cantidad de arbitrajes que hay.
Ámbito de aplicación
Soto Coaguila elogia que el arbitraje no está reservado para disputas comerciales o mercantiles. “Está diseñado para que se puedan resolver disputas sobre todas aquellas materias que sean de libre disposición de las partes”, precisó.
Desde esa perspectiva, dijo, si el arbitraje puede contribuir a que disputas en materia laboral -como por ejemplo el fracaso en alguna negociación colectiva- puedan ser viables en la vía arbitral, ¡en buena hora!
Lo mismo podría ocurrir en materia de consumo. “Si el arbitraje puede contribuir a que las disputas entre proveedores, fabricantes y consumidores se resuelvan mucho más rápido y de modo eficiente y eficaz en vez de acudir al Poder Judicial o alguna vía administrativa, ¡en hora buena!”, explicó.
Admitió que situación similar podría suceder en el caso de dos municipios que discuten sobre sus límites.
Diario Oficial El Peruano (24.04.2012)