Ayer salió la noticia que el Consejo Audiovisual de Cataluña (CAC) quería obligar a pedir permiso para emitir vídeos o podcasts por Internet en Catalunya. Las cosas se salieron de madre a raíz de un post de Bandaancha.eu al respecto. Más tarde, el propio CAC explicó que no iba a regular este tipo de publicaciones, tan solo quieren saber quiénes son y tenerlos en sus ficheros, aunque no saben cómo calificarlos.
¿Qué es el Consejo Audiovisual de Cataluña? Es “la autoridad independiente de regulación” del mercado audiovisual y sus objetivos “la defensa de la libertad de expresión y de información, del pluralismo, de la neutralidad y la honestidad informativas, así como de la libre concurrencia del sector”. Es más curioso ver las potestades que tiene este consejo:
• Reglamentaria: El CAC puede aprobar disposiciones reglamentarias que desarrollen la legislación existente. Se las denomina instrucciones generales y son vinculantes para los prestadores de servicios de comunicación audiovisual.
• Sancionadora: El CAC dispone de la potestad de imponer las sanciones previstas en la legislación sobre el audiovisual.
• Inspectora: El CAC puede requerir información y pedir la comparecencia de los prestadores y distribuidores de servicios de comunicación audiovisual.
Además, en su página web afirman que su ámbito competencial es prácticamente cualquier cosa que preste servicios en Cataluña. “El Consejo tiene plena competencia sobre los prestadores de servicios audiovisuales de ámbito autonómico y local, independientemente de cual sea el sistema de difusión empleado”. Según lo que entiendo, pueden reglar, sancionar o inspeccionar a, por ejemplo, Youtube por contenidos servidos en la Cataluña. Si tenemos en cuenta que la sede de la empresa está en California, ¿qué haría Google al respecto?
¿Cómo podemos regular un medio global a tenor de lo que suceda en un parcela de tierra determinada? Y más si vemos que las sedes de muchas empresas están en otros lugares con otras leyes distintas. ¿Qué va a pasar con eso? Es decir, en el caso que el CAC sancione a Google por vulnerar la libertad de expresión, ¿cumplirá Google la sanción? Y no ya la central, si no Google España con sede en Madrid.
Y si nos ponemos un poco más quisquillosos, ¿qué va a pasar con las sanciones que pueda recibir un podcast catalán? Un programa de radio por Internet grabado en Girona, que se realiza por afición, que no genera ingresos y no tiene ánimo de lucro, ¿va a tener que acatar las resoluciones del CAC? En ese caso lo más sencillo es prestar el servicio desde otra comunidad autónoma.
¿De verdad tiene sentido que el Consejo Audiovisual de Cataluña se inmiscuya en todos los contenidos audiovisuales que se suben a Internet desde ese territorio? Yo creo que se les ha salido de madre. No es el hecho de permitir o no su publicación, faltaría más, es la ‘jurisdicción’ que dicen que tienen sobre estos productos.
Y ojo, no dudo de la labor de la CAC, solo pongo en cuestión el ámbito que pretenden regular. Ya se ha visto que regular lo que sucede en Internet es muy complicado y es meterse en camisa de once varas. Espero que reconsideren su postura y se mantengan neutrales al respecto. También debo decir que no es lo mismo los grandes grupos mediáticos que los pequeños usuarios, por lo que la regulación debería ir en función del ánimo que tenga, por lo que no todo vale para un medio de comunicación que vive de ello, pero sí para alguien que lo hace por hobby. Además, cada vez se extiende más el ‘robo’ de vídeos de Youtube (mayoritariamente) entre ese tipo de medios, que los utilizan sin citar o el de fotografías. En esos casos sí que se debería regular y sancionar para que no vuelvan a suceder.