Entre hoy y el 09 de Abril se producirá el vencimiento del plazo para la declaración jurada del impuesto a la renta que debe realizar toda persona natural que haya obtenido ingresos económicos superiores a S/. 25,000.00 nuevos soles en el ejercicio fiscal 2014 (del 01 de Enero al 31 de Diciembre del 2014). Por dicha razón te informamos en qué casos debe efectuar dicha declaración un trabajador (ya sea que labore con boletas de pago o con recibos por honorarios).
I. QUIENES DEBEN PRESENTAR DECLARACION JURADA DE IMPUESTO A LA RENTA
Están obligados a declarar los trabajadores que hayan obtenido ingresos por más de S/. 25,000.00 nuevos soles en el año 2014 por cualquiera de las siguientes actividades o por la combinación de las mismas:
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Alquiler de predios y/o bienes muebles (renta de primera categoría).
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Ganancias por la venta de acciones, valores y/o colocación de capital (renta de segunda categoría)
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Ingresos por trabajo independiente bajo recibos por honorarios (renta de cuarta categoría) o sumados a trabajo dependiente en planillas (renta de quinta categoría).
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Ingresos percibidos del extranjero.
II. QUIENES NO DEBEN PRESENTAR DECLARACION JURADA DE IMPUESTO A LA RENTA
No están obligados a presentar declaración los siguientes trabajadores:
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Quienes hayan obtenido ingresos por más de S/. 25,000.00 nuevos soles en el año 2014 exclusivamente como trabajadores en planillas (renta de quinta categoría), es decir quienes tuvieron como único ingreso su trabajo dependiente. En este caso los respectivos empleadores son los encargados de retener el impuesto correspondiente en los casos y oportunidades que corresponda.
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Quienes no hayan superado los S/. 25,000.00 nuevos soles de ingresos en el año 2014.
III. CUAL ES EL PLAZO PARA HACER LA DECLARACION JURADA DEL IMPUESTO A LA RENTA
Las personas obligadas a presentar declaración de la renta 2014 deben hacerlo entre el 24 de Marzo y el 09 de Abril del 2015, según el cronograma fijado por SUNAT en función al último dígito de su Registro Único de Contribuyentes. La tabla de vencimientos es el siguiente:
IV. RECOMENDACIONES PARA DECLARAR LA RENTA ANUAL 2014
El trabajador obligado a declarar la renta 2014 debe hacerlo a través de la página web de SUNAT utilizando su clave SOL (que deberá solicitarlo en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente).
1. Para ello recomendamos visitar primero el portal Renta2014.pe y acceder a la opción "Guía para personas naturales" en el cual encontrarán toda la información necesaria incluyendo simuladores y guías de casos prácticos.
2. Luego de ello deberán acceder al módulo de declaración de renta 2014 (Formulario Virtual 691) ingresando con su clave SOL.
3. Dentro del módulo debe elegirse la opción 691 Renta Anual PN 2014 dentro de la sección Formularios, como se ve en la imagen.
4. Acto seguido hay que verificar los datos de la sección informativa del módulo e introducir las correcciones que consideremos necesarios (si la declaración es como persona natural o como sociedad conyugal, si hay rentas de alquileres por condominios, si se pagó o no alquileres de inmuebles o muebles en el 2014, y si se tuvieron rentas inafectas o exoneradas). Si se hicieron las correcciones respectivas o no hay nada que corregir se pasa a la sección determinativa.
5. En la sección determinativa se verifican y/o corrigen la información sobre los ingresos percibidos en el 2014 accediendo a cada pestaña por categorías de ingresos.
6. Luego se accede a la pestaña Determinación de Deuda en el cual el sistema establecerá si el trabajador tiene o no obligación de pagar impuesto a la renta por el 2014 o si en su defecto tiene un saldo a su favor (en cuyo caso deberá elegir si desea aplicarlo a pagos futuros o si desea que el monto le sea devuelto). Al finalizar se debe pulsar la opción Agregar a Bandeja.
7. Este es el último paso. En la sección Bandeja aparecerá el Formulario 691 listo para su presentación. Si el contribuyente desea cambiar lo declarado podrá borrar el formulario con el ícono del basurero que aparece a su derecha, pero si está seguro de que los datos son correctos deberá elegir la opción Presentar/Pagar/NPS.
8. Con ello se generará la Constancia de Presentación respectiva (que puede ser impresa e incluso enviada a un correo electrónico. Y si hay saldo pendiente de pago para el impuesto a la renta 2014 el contribuyente tendrá varias opciones para efectuar el pago (tarjeta de débito o crédito, pago en Banco de la Nación, sistema pago fácil, etc.).
9. Finalmente no olviden cerrar el módulo pulsando en la X sobre fondo azul que aparece debajo de la fecha del sistema.
Esperamos que la presente guía les sirva y ayude en la presentación de la declaración anual de renta 2014 estimados amigos. Hasta pronto.