Los jubilados y pensionistas tienen las mismas obligaciones que cualquier trabajador y deberán presentar la declaración de la Renta si sus ingresos superan las cantidades mínimas establecidas en la normativa fiscal.
Pero y los que no están obligados a presentar la declaración por IRPF:
Los que no se ven obligados a presentar la declaración de la Renta por IRPF son los siguientes:
- Todos aquellos que no superan los 22.000 euros brutos anuales.
- El límite será sólo 10.000 euros en el caso que:
- Los rendimientos del trabajo se perciban de más de un pagador y la suma de las cantidades percibidas del segundo y siguientes pagadores asciendan de 1.500 euros.
- Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos, por decisión judicial.
- Aquellas ganancias patrimoniales que no superen los 1.600 euros brutos.
- Todas las rentas inmobilirarias imputadas por un sólo inmueble.
- Rendimientos de cambital mobiliario de Letras del Tesoro.
- Subvenciones por adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado con un conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de menos de 500 euros.
Tampo tendrán la obligación de declarar aquellos que obtengas sólo rentas: de trabajo, capital, actividades profesionales y ganancias patrimoniales con unn límite conjunto de 1.000 € anuales.
Si estás junilado y cumples uno estos requisitos y estas obligado a presentar la declaración de la Renta, contacta con nosotros, te ayudaremos a preparar tu borrador.
Tu asesoría en Valencia,
Mecamerc Asesores, S.L.
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