Revista Educación
El artículo 14 bis de la Constitución Nacional dice "Salario mínimo, vital y móvil" yo como trabajadora propongo que los salarios sean abonados como máximo a los tres días de comenzado el mes. No es necesario que el día sea hábil, los sistemas bancarios están digitalizados, no es como era antes. Si trabajamos durante TODO el mes porque no cobrar lo nuestro en tiempo y forma, sin esperar a entelequias económicas.
Los docentes cobramos el quinto día hábil por lo tanto a veces si hay feriados terminamos cobrando el día 8 como este mes o si es semana santa y la misma es al principio del mes se corre más.
Hoy todo está digitalizado, por lo tanto no cuesta nada programar NUESTRO salario. ¿Simple no?
Visita: http:// www.elarcondeclio.com.ar Visita: www.elarcondeclio.com.ar Daniela Leiva Seisdedos