En Cunipic sabemos que tu mascota te proporciona a diario momentos tiernos, divertidos, sorprendentes,… Momentos únicos, momentos en los que te hace morir de risa o de amor, ¿verdad?. Pues… ¡Queremos verlos! ¡Queremos ver lo especial que es tu mascota!
Y, para ello, te proponemos que lo grabes en un vídeo de un máximo de 1 minuto de duración y que lo compartas en nuestro Facebook (https://www.facebook.com/cunipic?fref=ts) con la etiqueta #mascotasCunipic indicando el nombre de la mascota también. Si lo prefieres, puedes publicar el enlace en tu perfil de Twitter o en el de Google + -siempre con la etiqueta #mascotasCunipic. Puedes elegir entre cualquiera de estas 3 redes sociales.
¿Cuál es el objetivo?
Queremos realizar uno de nuestros vídeos –¡o varios si hay suficiente material!- para el canal El Cómo y el Porqué de Mi Mascota (https://www.youtube.com/user/CyPmascota) con tu mascota como protagonista. El rey de tu casa puede ser también el actor/actriz principal de una de las próximas entregas del canal CyPMascota. Queremos celebrar que nos acercamos a los 30.000 suscriptores y a los 5 millones de vídeos reproducidos y no encontramos mejor forma de hacerlo que ofrecerte la posibilidad de que tu mascota se convierta en la principal estrella de uno o varios de los vídeos del canal.
El procedimiento es muy sencillo. Sólo tienes que grabar la escena con tu móvil, tu tablet o tu cámara –con la máxima calidad posible- , subir el vídeo en YouTube o en Vimeo y publicar el enlace en nuestro perfil de Facebook o en twitter o en Google +. No olvides incluir la etiqueta #mascotasCunipic para que podamos localizar el vídeo. Tienes tiempo de hacerlo hasta el 20 de julio. Con las grabaciones recibidas elaboraremos uno de nuestros vídeos más especiales. Uno, dos, tres… ¡Acción!
Mira el making off de nuestro canal:
Advertencia: con la publicación del enlace acompañado de la etiqueta #mascotasCunipic se está dando el consentimiento expreso a Cunipic SL para que pueda descargar el vídeo y utilizar las imágenes, con lo que se ceden los derechos de explotación sobre las imágenes. La autorización no tiene ámbito geográfico determinado, por lo que se podrán utilizar las imágenes –o partes de las mismas- en todos los países del mundo sin limitación geográfico de ninguna clase.
La autorización se refiere a la totalidad de usos que puedan tener las imágenes, o partes de las mismas, en las que se aparezca como figurante-actor, utilizando los medios técnicos conocidos en la actualidad y los que pudieran desarrollarse en el futuro, y para cualquier aplicación. Todo ello con la única salvedad y limitación de aquellas utilizaciones o aplicaciones que pudieran atentar al derecho al honor en los términos previstos en la Ley Orgánica 1/85, de 5 de Mayo, de Protección Civil al Derecho al Honor, la Intimidad Personal y familiar y a la Propia Imagen.
La autorización no fija ningún límite de tiempo para su concesión ni para la explotación de las imágenes, o parte de las mismas, en las que se aparece como figurante-actor, por lo que la autorización se considera concedida por un plazo de tiempo ilimitado.